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32 NORMAS LEGALES Jueves 20 de enero de 2022 El Peruano / ANEXO II RECTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN N°Solicitud de rectifi caciónA. Con aprobación automática B. Con evaluación previa C. Datos no recti fi cables 1 Posterior a la numeración de la declaración y hasta antes de la numeración de la RM o RCE (*) A1 Todos los datos, excepto los indicados en el recuadro C1.B1 C1 Datos generales:- Lugar donde se pone a disposición la mercancía (local designado por el exportador, depósito temporal y lugar designado por autoridad aduanera). 2 Posterior a la numeración de la RM o RCE (*) y hasta antes de la regularización de la declaraciónA2 Todos los datos, excepto los indicados en los recuadros B2 y C2 B2 Datos generales:- Identi fi cación y dirección del exportador y consignatario; código del local anexo según fi cha RUC. - Cantidades totales referidas a bultos, unidades físicas y comerciales siempre y cuando la declaración haya sido seleccionada a canal rojo. Datos de las series:- Serie de la declaración de exportación (incluye anulación y apertura). - Peso, clase y cantidad de bultos, tipo y cantidad de unidades físicas y comerciales. - País de origen, Ubigeo, partida del sistema armonizado (cuatro primeros dígitos de la subpartida nacional) y descripción de la mercancía excepto cuando se complemente la descripción. - Código de exoneración de mercancías restringidas y prohibidas . - Indicador de inclusión al drawback y de concentrados de minerales. - Forma de transporte de concentrados de minerales al lugar de embarque. - Regímenes que otorgan bene fi cios a la exportación. - Todos los datos relacionados a los documentos autorizantes.C2 Datos generales: - Número de RUC del local designado por el exportador / RUC del depósito temporal. - Tipo de despacho.- Código de la aduana de salida, última vía de traslado hacia la aduana de salida. - Indicador: embarque parcial, SINI, solicitud de reconocimiento físico en el local del exportador, tránsito aduanero internacional. Datos de las series:- Indicador, tipo y característica de la mercancía especial. - Número de embarque parcial. Adicionalmente no es posible recti fi car los datos indicados en el recuadro C1. 3 Posterior a la regularización de la declaraciónA3 Datos generales:- Número de RUC del agente de aduana (dato recti fi cable solo por el exportador en el trámite de continuación de despacho). - Valor cláusula de venta, comisión de venta al exterior, otros gastos deducibles, total ajustes, valor FOB; siempre que estén contenidos en comprobantes de pago electrónicos y no constituyan un supuesto sancionable. Datos de las series:- Valor FOB siempre que esté contenido en un comprobante electrónico y no constituya un supuesto sancionable. - Indicador de modalidad swap.B3 Todos los datos, excepto los indicados en los recuadros A3 y C3.C3 Datos de las series:- Indicador de muestra (concentrados de minerales). - Tipo de información de concentrados de minerales. Adicionalmente no es posible recti fi car los datos indicados en el recuadro C1 y C2. (*) Numeración de la recepción de mercancía (RM) por el depósito temporal o RCE por el despachador de aduana o exportador (…) ANEXO IV LISTA DE BIENES CUYA VENTA A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE CARGA Y/O PASAJEROS SE CONSIDERA COMO UNA OPERACIÓN DE EXPORTACIÓN DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY Nº 28462, APROBADA CON DECRETO SUPREMO N° 007-2005-EF 1. Productos alimenticios, bebidas y tabaco para consumo de pasajeros y/o tripulación.2. Medicamentos, equipos e instrumental médico para consumo y uso de pasajeros y/o tripulación. 3. Prendas de vestir, calzado y útiles de tocador y aseo para uso de pasajeros y/o tripulación. 4. Utensilios de comedor y cocina.5. Equipos de comunicación y telecomunicación.6. Equipos de rastreo y sus repuestos.7. Combustibles y lubricantes.8. Equipos, piezas, partes y repuestos para el funcionamiento y mantenimiento de las naves y/o aeronaves. 9. Equipos, piezas y material informático.