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68 NORMAS LEGALES Martes 1 de febrero de 2022 El Peruano / procedimiento; ello conforme al numeral 44.5) del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y el numeral 19.1) del artículo 19º de la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP; Que, con Memorando Nº 1209-2021-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.4) del artículo 14º de la Ordenanza Nº 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer proyectos de normas municipales , (…)” ; remite a la O fi cina de Secretaria General, los actuados administrativos, a fi n de emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2) del artículo 13º de la Ordenanza 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES; DECRETA:Artículo Primero.- INCORPORAR a la Base Legal del Procedimiento Administrativo Estandarizado de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, descrito en el Anexo Nº 01 y 02 de la Ordenanza Nº 444-MVES, Ordenanza que incorpora el Procedimiento Administrativo Estandarizado de “Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas” aprobado con Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza Nº 394-MVES, la referencia de la Resolución Ministerial Nº 181-2021-VIVIENDA, Lineamiento para la inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones a la Bodega, conforme al Anexo Nº 1 y Nº 2 del presente Decreto. Artículo Segundo.- APROBAR los Formatos de distribución gratuita requeridos para la atención del Procedimiento Administrativo de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) a la Bodega, establecidos mediante Resolución Ministerial Nº 181-2021-VIVIENDA, siendo estos conforme al siguiente detalle y que en anexos forman parte integrante del presente Decreto:NUMERO DE FORMATODENOMINACIÓNAPLICABLE RESPECTO AL PROCEDIMIENTO Formato N º 01 *“Declaración Jurada de cumplimiento de las condiciones de Seguridad de la bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO Formato Nº 02“Informe de veri fi cación de cumplimiento de condiciones de seguridad declaradas de la bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO Formato Nº 03“Acta de Diligencia de ITSE /VISE a la bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO Formato Nº 04“Panel Fotográ fi co de la ITSE/VISE a la bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO Formato Nº 05“Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones a la Bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO Formato Nº 06“Acta de visita de inspección de seguridad de visita a la bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO Formato Nº 07“Declaración Jurada para la renovación del Certi fi cado de ITSE a la bodega”ITSE BODEGA: RIESGO MEDIO *A partir de la vigencia del presente Decreto, no se utilizará el Anexo Nº 04 aprobado con Ordenanza Nº 444-MVES, denominado “Formato de Declaración Jurada de Cumplimiento de las condiciones de Seguridad de la Bodega” Artículo Tercero.- PRECISAR que la Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones a la Bodega es de RIESGO MEDIO, conforme a los que se encuentran aprobados en el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 394-MVES y rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº 472-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del presente Decreto y sus Anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe) ), así como su publicación a través de la Plataforma Digital Única para la orientación al ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe). Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase.C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2035210-1