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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (01/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Martes 1 de febrero de 2022 El Peruano / El descuento sobre el insoluto de los Arbitrios Municipales 2022, se aplicará para cada predio y/o anexo por separado, siempre que se cumpla con la las condiciones para el descuento señaladas en el cuadro precedente. Para el caso de aquellos contribuyentes a quienes no se les genere impuesto predial para el periodo 2022, por contar con inafectación, exoneración, deducción u otro bene fi cio, podrán acogerse al Incentivo “B”. Es condición para acceder a los descuentos señalados en el presente artículo, que no se mantengan deudas tributarias pendientes de pago, correspondientes a ejercicios anteriores al 2022, o cuotas vencidas e impagas correspondientes a fraccionamientos tributarios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los contribuyentes que hayan impugnado la determinación del impuesto predial y/o arbitrios municipales correspondientes al periodo 2022, podrán acogerse al bene fi cio de la presente Ordenanza, siempre que se desistan de sus recursos presentados. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Ofi cina General de Administración y Unidad de Tecnología de la Información, la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Asimismo, a la Secretaria General la publicación de la misma en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Cuarta.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la presente norma municipal en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Quinta.- FACÚLTESE al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 2035199-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar y formalizar las Modificaciones Presupuestarias al Presupuesto Institucional en el Nivel Funcional Programático durante el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 023-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 24 de enero del año 2022EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARVISTOS: El Memorando N° 123-2022-GM-MDMM, de fecha 13.01.2022, de la Gerencia Municipal, el Informe N° 006-2022-GPP-MDMM, de fecha 17.01.2022, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 19-2022-GAJ-MDMM, de fecha 09.04.2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo único de la Ley N ˚ 30305, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, se encuentra determinado por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, conforme al numeral 7.2 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1440, del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente la normativa antes citada, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la entidad; siendo responsable solidario con el delegado; Que, según lo dispuesto en el numeral 47.2 del artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440 las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular de la Entidad, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga su vez en la entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación y formalización, a través de una disposición expresa que deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante el Informe N° 19-2022-GAJ-MDMM, de fecha 12.01.2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal indicando que la facultad que puede ser delegada por el Titular de la Entidad en materia presupuestal, recae exclusivamente en la de aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, y puede ser delegada al Gerente Municipal; Que, mediante el Informe N° 006-2022-GPP-MDMM, de fecha 17.01.2022, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión indicando que, de acuerdo a la normativa actual, la única facultad delegable recae exclusivamente en la aprobación de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, según lo dispuesto en el numeral 47.2 del artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1440; Que, de acuerdo al Memorando Nº 123-2022-GM- MDMM, el Gerente Municipal propone que, con la fi nalidad de facilitar y coadyuvar a una buena gestión presupuestal y al cumplimiento de los objetivos y metas Institucionales, se le delegue a la Gerencia Municipal facultades su fi cientes para aprobar y formalizar las eventuales modi fi caciones presupuestarias que se realicen en el Nivel Funcional y Programático durante el Año Fiscal 2022; Que, asimismo de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 es facultad del alcalde delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE.-Articulo Primero.- DELEGAR al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar la facultad de aprobar y formalizar las Modi fi caciones Presupuestarias al Presupuesto Institucional en el Nivel Funcional Programático durante el Año Fiscal 2022, a propuesta y previa opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; incluyendo aquellas que se requieran en el período de regularización; por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la Republica y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero - ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno