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55 NORMAS LEGALES Martes 1 de febrero de 2022 El Peruano / elaborado por la Abogada IV Sandra Valeria Corrales Acho, opina: Declare Procedente Autorizar al Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, la Transferencia Interestatal a Título Gratuito del Predio C.P./PARC N° 43, área 02 Has. 1,000 m2 – San Lorenzo Yarinacocha, inscrita en la Partida N° 40005202, a favor de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para la ejecución del Proyecto de Inversión: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Residencia Universitaria de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, Distrito de Yarinacocha – Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali”; la misma que se rige conforme a lo señalado numeral 212.4 literal a) del artículo 212° del nuevo Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, literal i) del artículo 15° de la Ley N° 27867 –Ley Orgánica de Gobierno Regionales, en concordancia con el Capítulo VII numeral 7.1 literal j) de la Directiva N° 005-2013-SBN. Que, mediante Dictamen N° 007-2021-GRU-CR- CAL, de fecha 13 de setiembre de 2021, elaborado por la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional de Ucayali, acordó lo siguiente: 1) Declarar Procedente Autorizar al Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, la Transferencia Interestatal a Título Gratuito del Predio C.P./PARC N° 43, área Ha. 02 Has. 1,000 m2 – San Lorenzo Yarinacocha, inscrita en la Partida N° 40005202, a favor de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para la ejecución del Proyecto de Inversión: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Residencia Universitaria de la Universidad Intercultural de la Amazonía, Distrito de Yarinacocha – Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali”. 2) Encargar a la Gerencia de la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali que a través del Área de Patrimonio, veri fi que el cumplimiento del compromiso de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para que en un plazo de dos (02) años inicie la ejecución del Proyecto: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Residencia Universitaria de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, Distrito de Yarinacocha – Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali”. Que, el literal f) artículo 21° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre las atribuciones del Gobernador Regional, señala: Administrar los bienes y las rentas del Gobierno Regional. Que, el Literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de las atribuciones del Consejo Regional, señala: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Por otro lado, el literal i) precisa, que el Consejo Regional autoriza la transferencia de los bienes muebles o inmuebles de propiedad del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de setiembre de 2021, celebrada de manera virtual desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el DICTAMEN N° 007-2021-GRU-CR-CAL, elaborado por la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional de Ucayali, que Declara Procedente Autorizar al Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, la Transferencia Interestatal a Título Gratuito del Predio C.P./PARC N° 43, área 02 Has. 1,000 m2 – San Lorenzo Yarinacocha, inscrita en la Partida N° 40005202, a favor de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para la ejecución del Proyecto de Inversión: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Residencia Universitaria de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, Distrito de Yarinacocha – Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, que a través del Área de Patrimonio, veri fi que el cumplimiento del compromiso de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para que, en un plazo de dos (02) años inicie la ejecución del Proyecto: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Residencia Universitaria de la Universidad Intercultural de la Amazonía, Distrito de Yarinacocha – Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali”. Artículo Tercero.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes. Artículo Cuarto.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para su conocimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, debiendo publicarse además en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.LAND BARBARAN LA TORRE Consejero Delegado 2034288-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban “Directiva para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Servicio de Administración Tributaria” SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00004742 Lima, 18 de enero de 2022.CONSIDERANDO:Que, mediante Edicto Nº 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria – SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, a través de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores