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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (02/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remitir copia del presente dispositivo, dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31º del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (https://www.munisurco.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 2035014-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO FE DE ERRATAS ANEXO - ORDENANZA MUNICIPAL Nº 720-2021-MPI Mediante O fi cio N° 065-2022-A-MPI, la Municipalidad Provincial de Ilo solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Ordenanza Municipal Nº 720-2021-MPI que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y la subvención de costos de la Municipalidad Provincial de Ilo, publicado en la sección TUPA de la página Web del Diario Ofi cial El Peruano el 22 de enero de 2022. (Se publica en la WEB del Diario O fi cial El Peruano) 2035205-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Delegan en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2022 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 012-2022-MDM Majes, 17 de enero del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES VISTO: El Informe N° 0000002-2022/GM/MDM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 00000013-2022/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Proveído Nº 00000031-2022/A/MDM del despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 003-2021- MDM se resolvió “Delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modi fi caciones en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2021, incluido sus anexos (…)”. Al respecto, estando al Informe N° 0000002-2022/GM/MDM la Gerencia Municipal, solicita se amplié dichas facultades para el presente año, validando los actos administrativos a partir de enero de 2022. Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto y el control del gasto de las entidades públicas, se encuentra determinado por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley N° 31365 que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022. Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 20° numeral 20.- Atribuciones del Alcalde: “Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal”; ello en concordancia con lo preceptuado en el artículo 78° numeral 78.1 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS al señalar que “Las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida (…) Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad”. Que, según el artículo 17° numeral 17.1 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. Que, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, en el Informe Nº 00000013-2022/SGAJ/MDM concluye que mediante Resolución de Alcaldía se determine la delegación en el Gerente Municipal, la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario 2022 incluido sus anexos, con efi cacia anticipada al 01 de enero de 2022. Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local; el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, correspondiéndole aprobar y resolver asuntos de carácter administrativo a través de resoluciones de Alcaldía, conforme lo establece el artículo 43º de la precitada norma. Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, es facultad del Alcalde delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal. Estando a lo expuesto, y de conformidad a los dispuesto por el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2022, incluido sus anexos, con e fi cacia anticipada al 01 de enero de 2022; cuya delegación comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, conforme a Ley; por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a la Jefatura de la Unidad de Sistemas e Informática y a la Jefatura de Imagen Institucional y Relaciones Públicas, la PUBLICACION de la presente, conforme le corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RENEE D. CÁCERES FALLA Alcalde 2035023-1