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72 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, a través del Acuerdo de Concejo N° 467 de 20 de diciembre de 2021, se autorizó el viaje a la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de Norteamérica, al Alcalde Metropolitano de Lima, del 25 al 29 de enero de 2022 inclusive, para que en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima asista a la Audiencia de Jurisdicción y Méritos del proceso Arbitral seguido por Rutas de Lima S.A.C contra la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, se encargó al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, el despacho de la Alcaldía durante la ausencia del titular de la entidad en el periodo indicado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 y por los Artículos 39, 40 y 157 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Participación Vecinal, Mujer e Igualdad y de Asuntos Legales, mediante sus Dictámenes N° 10-2021-MML/CMPVMI y N° 154-2021-MML-CMAL de 09 y 16 de diciembre de 2021, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 2077, QUE CREA LA COMISIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LOS DELITOS DE TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES EN LIMA METROPOLITANA Artículo 1. Se modi fi can los Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ordenanza N° 2077, que crea la Comisión para la Prevención de los Delitos de Trata de Personas y Tráfi co Ilícito de Migrantes y sus Integrantes en Lima Metropolitana. Modifíquese los Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ordenanza N° 2077, que crea la Comisión para la Prevención de los Delitos de Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes en Lima Metropolitana; los mismos que quedarán redactados en los siguientes términos: Artículo 3. Objeto y Responsabilidad de la Comisión contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes de Lima Metropolitana. Crear la Comisión contra la Trata de Personas y Tráfi co Ilícito de Migrantes de Lima Metropolitana, con la fi nalidad de implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de reducir la trata de personas y trá fi co ilícito de migrantes en el ámbito de Lima Metropolitana, en el marco del Reglamento de la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2016-IN y modi fi catorias. La Comisión contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes de Lima Metropolitana, tiene la responsabilidad de implementar, monitorear y evaluar políticas públicas encargadas de combatir y reducir la trata de personas y trá fi co ilícito de migrantes. Artículo 4. Conformación de la Comisión contra la Trata y Trá fi co Ilícito de Migrantes de Lima Metropolitana. La Comisión está integrada por la máxima autoridad de las siguientes Instituciones: 1. Municipalidad Metropolitana de Lima, quien la preside. 2. Las Municipalidades Distritales de Los Olivos, San Martin de Porres, San Juan de Mira fl ores y San Juan de Lurigancho, por el grado de incidencia delictiva a la fecha. Asimismo, pueden participar todos aquellos gobiernos municipales que así lo soliciten. 3. La Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4. La Gerencia de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 5. La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 6. La Dirección General de Operaciones en Salud que dirige las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Centro, Norte, Este y Sur del Ministerio de Salud. 7. La Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y la Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 8. La Región Policial de Lima y la Dirección contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes de la Policía Nacional del Perú. 9. La Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana del Ministerio de Educación. 10. La Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior. 11. La Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 12. La Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores. 13. La Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Ministerio de Cultura. 14. La Intendencia Regional de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 15. El Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Aurora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 16. El Programa de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos, con competencia territorial en Lima Metropolitana del Ministerio Público. 17. Las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas con competencia territorial en Lima Metropolitana del Ministerio Público. 18. Las Cortes Superiores de Justicia con competencia en los distritos judiciales de Lima, Norte, Sur y Este del Poder Judicial. 19. Las O fi cinas Defensoriales con competencia territorial en Lima Metropolitana de la Defensoría del Pueblo. 20. Hasta cuatro representantes de la Sociedad Civil u Organismos No Gubernamentales partícipes en la lucha contra la trata de personas y el trá fi co ilícito de migrantes. 21. Hasta cuatro miembros invitados/as de Organismos Internacionales y/o de Cooperación Internacional partícipes en la lucha contra la trata de personas y el tráfi co ilícito de migrantes. Artículo 5. Funciones de la Comisión contra la Trata y el Trá fi co Ilícito de Migrantes de Lima Metropolitana. La Comisión tiene las siguientes funciones: - Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias para la atención de la problemática de trata de personas y tráfi co ilícito de migrante en Lima Metropolitana. - Elaborar las propuestas para su incorporación en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la trata de personas y el trá fi co ilícito de migrantes. - Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos especí fi cos para la prevención, atención, protección y reintegración de las víctimas en coordinación con las autoridades públicas, privadas y la sociedad civil. - Remitir informes periódicos a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente