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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (02/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban primera modificación presupuestaria a nivel institucional para la reducción del marco presupuestal en aplicación la R.D. N° 020-2021-EF/50.01 ACUERDO DE CONCEJO Nº 14-2022-ACSS Santiago de Surco, 26 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto N° 01-2022-CGM-CAJ- MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 217-2022-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 45-2022-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 93-2022-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, entre otros documentos, sobre la Primera Modi fi cación Presupuestaria en el Nivel Institucional, en cumplimiento con la Resolución Directoral N° 020-2021-EF, en base a la estimación de los recursos determinados para el Presupuesto Institucional correspondiente al año fi scal 2022 de la Municipalidad de Santiago de Surco y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 28607 y la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 24.5 del artículo 24º del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que, “En el caso de (…) Gobiernos Locales, las estimaciones para los recursos (…), y de los ingresos públicos que comprende la Regalía Minera, Canon Minero, Canon Hidroenergético, Canon Pesquero, Canon Gasífero, Canon y Sobrecanon Petrolero, Canon Forestal, del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) (…), la Participación en la Renta de Aduanas y otros aprobados por norma expresa, son efectuadas por la Dirección General de Presupuesto Público, de conformidad con la normatividad vigente y los supuestos macroeconómicos proporcionados por la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal”; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que, “De producirse una modi fi cación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de fi nanciamiento Recursos Determinados (…), se autoriza a las entidades públicas (…) del Gobiernos Locales, hasta el 31 de enero de 2022, a modi fi car su presupuesto institucional aprobado por la fuente de fi nanciamiento antes mencionada, conforme a los montos estimados de Recursos Determinados para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2022 (…)”; Que, en la Resolución Directoral N° 020-2021-EF/50.01, se dispuso que, para el caso de los recursos aprobados para el año fi scal 2022 por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, se debe modi fi car el presupuesto institucional conforme a los montos estimados que fueron aprobados y publicados el 21 de diciembre del año 2021, en la citada Resolución Directoral; Asimismo, es de mencionar que en el Anexo de “Estimación de Recursos Determinados que los Gobiernos Regionales y Locales”, de la referida Resolución Directoral, se dispuso los montos estimados para la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, con el Acuerdo de Concejo N° 88-2021-ACSS del 23.12.2021 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Santiago de Surco, correspondiente al Año Fiscal 2022, por un monto de S/ 273’617,091.00 (doscientos setenta y tres millones seiscientos diecisiete mil noventa y uno y 00/100 soles), por toda fuente de fi nanciamiento; posteriormente, fue promulgado mediante la Resolución de Alcaldía N° 1196-2021-RASS, del 23.12.2021; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorándum N° 93-2022-GPP-MSS del 14.01.2022, re fi ere haber efectuado el análisis comparativo de los recursos asignados en el PIA y lo recursos señalados en la Resolución Directoral N° 020-2021-EF/50.01, dando por resultado una variación negativa en la Fuente de Financiamiento 05 [Recursos Determinados], Rubro 18 [Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas], en el Tipo de Recurso [Canon Minero] por el monto de S/ 24,772.00 soles y Tipo de Recurso [Regalías Mineras], por el monto de S/ 116,235.00 soles, los cuales ascienden a un monto total de S/ 141,007.00 (Ciento Cuarenta y un Mil Siete con 00/100 Soles), por lo que, dicha Gerencia señala que es necesario que la entidad se sujete a lo establecido en la referida Resolución Directoral y se apruebe la Primera Modi fi cación Presupuestaria a Nivel Institucional por reducción del marco presupuestal, en base a la estimación de los recursos determinados para el Presupuesto Institucional correspondiente al año fi scal 2022 de la Municipalidad de Santiago de Surco.; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum Nº 217-2022-GM-MSS del 17.01.2022, mani fi esta su conformidad respecto a la procedencia de la Primera Modi fi cación Presupuestaria en el Nivel Institucional por reducción del marco presupuestal, la cual se fundamenta en la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emitida a través del Informe Nº 45-2022-GAJ-MSS, y en lo señalado por las demás unidades orgánicas, debiendo continuarse con el trámite pertinente; Estando al Dictamen Conjunto N° 01-2022-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos y demás actuados, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por MAYORÍA, con los votos en abstención de los Regidores Ernesto Verde Tiburcio y Carlos Danilo Pinillos Vinces, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la Primera Modi fi cación Presupuestaria a Nivel Institucional para la reducción del marco presupuestal en aplicación la Resolución Directoral N° 020-2021-EF/50.01, con cargo a la Fuente de Financiamiento: 05 Recursos Determinados – Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas, reduciendo un importe de S/ 141,007.00 (Ciento Cuarenta y un Mil Siete con 00/100 Soles), conforme al siguiente detalle: INGRESOS Fuente de Financiamiento : 05 Recursos Determinados Rubro : 18 Canon y Sobrecanon, Regalias, Renta de AduanasClasi fi cador de Ingreso : 14.14.13 Canon Minero S/ 24,772.00 14.14.21 Regalías Mineras S/ 116,235.00 ============ S/ 141,007.00 ============ EGRESOS Fuente de Financiamiento : 05 Recursos Determinados Rubro : 18 Canon y Sobrecanon, Regalias, Renta de Aduanas Actividad/Proyecto : CUI 2473750 Mejoramiento de Pistas y veredas en la Urb. Precursores Sector 2 del Distrito de Santiago de Surco Clasi fi cador de Gasto : 26.23.23 Costo de Construcción por Contrata S/ 141,007.00 ============ S/ 141,007.00 ============