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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (02/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” y artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL CALENDARIO DE PAGOS TRIBUTARIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2022, EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo, fi jar el calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago para el ejercicio 2022, en el distrito de Punta Hermosa. Artículo Segundo.- ALCANCES Y REQUISITOS Podrán acogerse al presente bene fi cio personas naturales, personas jurídicas y sucesiones intestadas y todos los contribuyentes que se encuentren inscritos en el padrón de contribuyentes del Sistema Municipal de la Gerencia de Rentas. Artículo Tercero.- FECHAS DE VENCIMIENTO Las fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales serán las siguientes: IMPUESTO PREDIAL y ARBITRIOS MUNICIPALES FECHAS DE PAGO Pago al contado: 28 de febrero de 2022 Pago Fraccionado* Primera Cuota : 28 de febrero 2022 Segunda Cuota : 31 de mayo de 2022 Tercera Cuota : 31 de agosto de 2022 Cuarta Cuota : 30 de noviembre 2022 *Reajustado a partir de la segunda cuota de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM) que pública el Instituto Nacional de Estadística e Informática, Artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado con DS Nº 156-2004-EF y modi fi catorias Con el objeto de brindar facilidades para el pago de los Arbitrios, se les concederá, a los contribuyentes, siete (07) días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento, en los que se condonará los intereses moratorios sólo a aquellos que realicen el pago de la obligación dentro de dicho plazo. Artículo Cuarto.- INCENTIVOS PARA EL PAGO: Los contribuyentes podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos: A. PAGO ANUAL AL CONTADO: Descuento del 12% en Arbitrios Municipales 2022, si cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2022 e Impuesto Predial 2022, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. B. PAGO SEMESTRAL:Descuento del 5%, si cancelan un Semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2022 dentro del plazo establecido. Este bene fi cio se hace efectivo siempre y cuando el Impuesto predial 2022 sea cancelado en su totalidad. Artículo Quinto.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACIÓN QUE GENERE EL BENEFICIO En todas las modalidades de descuento descritas en el Artículo Cuarto, el incentivo será aplicado por predio. En el caso del Impuesto Predial, también podrá aplicarse la regularización durante el ejercicio 2022 siempre y cuando, este pago comprenda el tributo anual incluyendo cuotas no vencidas; el ajuste de IPM no se considera en este beneficio por estar expresamente regulado conforme lo establece el Artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias. En caso de los pensionistas, podrán acogerse al incentivo señalado en el artículo cuarto, literal a) previo pago de los derechos de emisión correspondiente, el cual no está sujeto a ningún tipo de descuento, cuyo servicio se encuentra establecido en la Cuarta Disposición Final del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias. Artículo Sexto.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” hasta el 31 de agosto de 2022. Únicamente hasta el 31 de agosto de 2022 para personas naturales, personas jurídicas y sucesiones intestadas y todos los contribuyentes que se encuentren inscritos en el padrón de contribuyentes del Sistema Municipal de la Gerencia de Rentas, que han pagado el impuesto predial en su totalidad del 2022 hasta el 28 de febrero de 2022 y están pagando su segundo semestre de arbitrios 2022. DISPOSICIONES FINALES Primero.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga o contravenga en la presente Ordenanza. Segundo.- De manera excepcional y durante el primer y segundo trimestre del ejercicio 2022 los vecinos y/o contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, podrán pagar sus tributos vencidos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los ejercicios anteriores al 2022 en insoluto, sin pagar intereses, siempre y cuando cancelen toda la deuda en la vía en que se encuentre, incluyendo los gastos y costas procesales. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, a través de la Subgerencia de Registro, Recaudación, Fiscalización y Control y Ejecutoria Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarto.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su publicación en la página web de la municipalidad: www.munipuntahermosa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde 2035005-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Punta Hermosa para el ejercicio 2022 ORDENANZA N° 442-MDPH Punta Hermosa, 17 de enero de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA