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74 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / aprobó la Donación con cargo a los centros de costo de los órganos bene fi ciarios; Que, conforme al Artículo 1621 del Código Civil, por la donación, el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien. En tanto el Artículo 1624 establece como requisito de la donación que esta se realice bajo sanción de nulidad, por escrito de fecha cierta, especi fi cando en dicho instrumento los bienes materia de donación y su respectiva valorización. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1410, cuando la obligación creada por el contrato recae sobre un bien futuro, el compromiso de entrega queda subordinado a su existencia posterior; Que, conforme lo dispone el Artículo 201 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, es un órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del cual se ejercen las funciones de coordinación de la transferencia de los asuntos de competencia del Gobierno Regional, en cumplimiento de los requisitos y disposiciones señalados en las normas que corresponden. Tiene como objetivo la recepción ordenada de las funciones y competencias de Gobierno Regional con el propósito de lograr del Gobierno Nacional la asignación de recursos equitativa a las demandas que ellas generen. Está a cargo de un Gerente, quien depende del Gerente Municipal Metropolitano. Entre sus funciones se encuentra el cumplir con las disposiciones contenidas en los Sistemas Administrativos del Sector Público, en la parte que les corresponda; así como los encargos legales asignados; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 350 de 30 de setiembre de 2021, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 03 de octubre de 2021, el Concejo Metropolitano acepta la donación de elementos de delimitación y seguridad en el Área de Conservación Regional Sistema Lomas de Lima- Lomas de Villa María del Triunfo en el distrito de Villa María del Triunfo, sujeta a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia, valorizada por la suma de S/ 437,948.11 (Cuatrocientos Treinta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 11/100 Soles) efectuada por Asociación UNACEM; Que, el referido Acuerdo de Concejo, dispone que la donación realizada surtirá efectos a la entrega de la obra física por parte del donante a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Subgerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana en coordinación con el Área de Inventario; Que, mediante Carta GG N° 0639-2021 de 05 de noviembre de 2021, la Asociación UNACEM ha comunicado que, dado el tiempo transcurrido, el monto total del presupuesto para la elaboración de los elementos de delimitación y seguridad en el Área de Conservación Regional Sistema Lomas de Lima ha sufrido un incremento de hasta S/ 106,866.81 (Ciento Seis Mil Ochocientos Sesenta Seis con 81/100 Soles) respecto del presupuesto inicialmente remitido de S/ 437,948.11 (Cuatrocientos Treinta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 11/100 Soles), por lo que es necesario gestionar un nuevo Acuerdo de Concejo que apruebe el incremento del monto de la donación al monto actual de S/ 544,814.92 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Catorce con 92/100 Soles); Que, la Subgerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, ha remitido el Informe N° 072-2021-MML/PGRLM-SRRNMA-prv de 08 de noviembre de 2021, de la especialista en Promoción Agraria, en el que se expresa la conformidad a la variación en el valor de la obra, tomando en consideración que se han incrementado los costos a nivel nacional debido a la coyuntura económica por la que pasa el país, precisando que se mantiene la necesidad de contar con estructuras y elementos de delimitación y seguridad (hitos, muros y tranqueras) que permitan cumplir los objetivos de creación del Área de Conservación Regional Sistema de Lomas de Lima, evitando la ocupación informal, invasiones y el trá fi co de terrenos dentro del área, conservando así, su diversidad biológica y patrimonio cultural asociado, en bene fi cio de las poblaciones locales y de la ciudad de Lima; Que, mediante Informe N° 205-2021-MML/PGRLM- SRAJ, de 08 de noviembre de 2021, la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, ha señalado la necesidad que, mediante Acuerdo de Concejo, se actualice el valor de la donación realizada por Asociación UNACEM a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la construcción de elementos de delimitación y seguridad en el área de conservación regional “Sistema Lomas de Lima” al monto de S/ 544,814.92 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Catorce con 92/100 Soles); Que, si bien, ya el Concejo Metropolitano ha aceptado la donación realizada por Asociación UNACEM, se debe considerar que tratándose de bienes sujetos a la condición suspensiva de tener existencia, el valor para su elaboración/construcción se ha incrementado, razón por la que se hace necesario aprobar el referido incremento de valor de los bienes, con el fi n que estos efectivamente lleguen a tener existencia; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Informe Nº D001003-2021-MML-GAJ, de 19 de noviembre de 2021, concluye entre otros que, resulta viable que mediante acuerdo de concejo se acepte la actualización del valor de la donación a que re fi ere el Acuerdo de Concejo Nº 350, de fecha 30 de setiembre del 2021; Que, a través del Acuerdo de Concejo N° 467 de 20 de diciembre de 2021, se autorizó el viaje a la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de Norteamérica, al Alcalde Metropolitano de Lima, del 25 al 29 de enero de 2022 inclusive, para que en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima asista a la Audiencia de Jurisdicción y Méritos del proceso Arbitral seguido por Rutas de Lima S.A.C contra la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, se encargó al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, el despacho de la Alcaldía durante la ausencia del titular de la entidad en el periodo indicado; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de: Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes N° 145-2021-MML/CMAEO y 162-2021-MML-CMAL, de fechas 17 y 30 de diciembre de 2021 respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Aceptar la actualización del valor de la donación realizada por la Asociación UNACEM a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la construcción de elementos de delimitación y seguridad en el Área de Conservación Regional Sistema Lomas de Lima – Lomas de Villa María del Triunfo en el distrito de Villa María del Triunfo, al monto de S/ 544,814.92 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Catorce con 92/100 Soles) a que re fi ere el Acuerdo de Concejo N° 350 de 30 de setiembre de 2021. Artículo 2.- Precisar que el incremento del valor de los bienes sujetos a la condición suspensiva de tener existencia, es de S/ 106,866.81 (Ciento Seis Mil Ochocientos Sesenta Seis con 81/100 Soles) respecto del presupuesto inicialmente aprobado de S/ 437,948.11 (Cuatrocientos Treinta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 11/100 Soles), correspondiente al incremento del valor para su elaboración/construcción. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 2035120-9