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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (15/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Martes 15 de febrero de 2022 El Peruano / objetivos de la Actividad “Programa de Vigilancia y Control de las Actividades Pesqueras y Acuícolas Artesanales en el ámbito marítimo del Callao” es la de adecuar el marco normativo sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuícolas de la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 017 – 2017 – PRODUCE, las mismas que han sido modi fi cadas, por lo que se debe generar un procedimiento administrativo sancionador expeditivo, por tal motivo, a efectos de que los administrados tengan que cumplir con el pago de la Multa producto de una fi scalización pesquera, resulta necesario saber la modalidad de pago, para que el infractor debe realizar ante el Gobierno Regional del Callao; Que, por Informe Nº 05 – 2019 / GRC / GRDE / OAP – DEPR de fecha 25 de junio de 2019, el Coordinador del “Programa de Vigilancia y Control de las Actividades Pesqueras y Acuícolas Artesanales” de la O fi cina de Agricultura y Producción de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, presenta el Proyecto de Actualización y Adecuación del “Reglamento de Fiscalización Pesquera del Gobierno Regional del Callao”; Que, con Informe Nº 194 – 2021 / GRC / GRDE de fecha 23 de setiembre de 2021, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, traslada el Informe Nº 484 – 2021 / GRC / GRDE – OAP de fecha 22 de setiembre de 2021, de la O fi cina de Agricultura y Producción, en atención al Informe Nº 068 – 2021 – GRC / GRDE / OAP – JCG de fecha 22 de setiembre de 2021, emitido por el Profesional Legal de Pesca, concluye que, se tiene por conveniente no adecuar el Decreto Supremo Nº 012 – 2021 – PRODUCE al Proyecto de Reglamento de Fiscalización y Sanción de Actividades Pesqueras y Acuícolas del Gobierno Regional del Callao, con el fi n de no duplicar funciones con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, por lo que recomienda remitir el expediente materia de análisis, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Memorándum Nº 2327 – 2021 – GRC / GRPPAT de fecha 29 de setiembre de 2021, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial traslada a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 488 – 2021 – GRC / GRPPAT – OP, el mismo que adjunta el Informe Nº 010 – 2021 – GRC / GRPPAT – OP – LALC de fecha 29 de setiembre de 2021, emitido por el Especialista en Plani fi cación de la O fi cina de Plani fi cación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en atención al Informe Nº 194 – 2021 / GRC / GRDE, concluye que, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la O fi cina de Agricultura y Producción, mediante el Informe Nº 194 – 2021 / GRC / GRDE, Informe Nº 484 – 2021 / GRC / GRDE – OAP e Informe Nº 068 – 2021 – GRC / GRDE / OAP – JCG, en relación a la observación descrita en el Numeral 3.1, señalan que tienen por conveniente no adecuar el Decreto Supremo Nº 012 – 2021 – PRODUCE al Proyecto de Reglamento de Fiscalización y Sanciones Pesqueras y Acuícolas del Gobierno Regional del Callao, a fi n de no duplicar funciones con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, por lo corresponde la prosecución del trámite ante la Gerencia de Asesoría Jurídica para que emita opinión legal; Que, por Informe Nº 1124 – 2021 – GRC / GAJ de fecha 07 de octubre de 2021, el Gerente de Asesoría Jurídica, procede a visar el proyecto de Ordenanza Regional, elaborado y remitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, que aprueba el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas del Gobierno Regional del Callao, y que deroga la Ordenanza Regional Nº 000004 de fecha 18 de enero de 2013; lo que será puesto a consideración del Consejo Regional, quien por disposición de lo previsto en el literal a., del Artículo 15 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Gobernador Regional por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN DE LAS ACTIVIDAD PESQUERA Y ACUÍCOLA DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Y QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000004 DE FECHA 18 DE ENERO DE 2013 Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividad Pesquera y Acuícola del Gobierno Regional del Callao, que consta de siete (07) Títulos y setenta y ocho (78) Artículos, dos (02) Disposiciones Finales, una (01) Disposición Transitoria y una (01) Disposición Derogatoria cuyo texto y anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 000004 de fecha 18 de enero de 2013 y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo 3º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en la Portal WEB del Gobierno Regional del Callao y en la Portal WEB del Estado Peruano. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notifi car la presente Ordenanza Regional, a los entes competentes para conocimiento y fi nes pertinentes . Artículo 5º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional, la misma que entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 2038995-1 Designan responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora 301-IEPM “Colegio Militar Leoncio Prado” para el año 2022 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 016 Callao, 13 de enero de 2022EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:La Hoja de Ruta SGR-000438, de fecha 07 de enero de 2022, que contiene el O fi cio Nº 001-SG/IEPM CMLP/2022, de fecha 04 de enero de 2022; el Informe Nº06-2022-GRC-GRECYD, de fecha 11 de enero de 2022, emitido por la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno Regional del Callao; y el Informe Nº031-2022-GRC/GAJ, de fecha 11 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, con Hoja de Ruta SGR-000438, de fecha 07 de enero de 2022, que contiene el O fi cio Nº001-SG/ IEPM CMLP/2022, de fecha 04 de enero de 2022, el Director General de la Institución Educativa Pública Militar “Colegio Militar Leoncio Prado”, comunica a la Gobernación Regional del Callao, que por decisión del Comando del Ejército del Perú, a través de la Resolución Ministerial Nº 1177-2021-DE, de fecha 30 de diciembre de 2021, ha sido nombrado a partir del día 1 de enero de 2022, como Director General de la IEPM “Colegio Militar Leoncio Prado”; solicitando se emita el acto administrativo