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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (15/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Martes 15 de febrero de 2022 El Peruano / a través del cual, se reconozca como responsable de la Administración y ejecución presupuestal de la Unidad Ejecutora 301-IEPM “Colegio Militar Leoncio Prado” . Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 017-2021, de fecha 18 de enero de 2021, se designó al Coronel EP EDILMER CHAVEZ GUEVARA, como Director de la Institución Educativa pública Militar “Colegio Militar Leoncio Prado”, como responsable de la Administración y ejecución presupuestal de la Unidad Ejecutora N° 301 para el Pliego 464 del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao. Que, con Informe Nº06-2022-GRC-GRECYD, de fecha 11 de enero de 2022, indica también que el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1177-2021-DE, de fecha 30 de diciembre de 2021, emitido por el Ministerio de Defensa, se resuelve nombrar a partir del 1 de enero de 2022 al señor Juan José Zeballos Zegarra-CRL EP en el empleo de Director General de la IEPM “Colegio Militar Leoncio Prado”; siendo que correspondería se emita el acto administrativo respectivo, a través del cual se le designe como Director de la referida Institución Educativa Pública Militar, y que dada la fecha, resultaría necesario que la resolución a emitirse sea con e fi cacia anticipada al 1 de enero de 2022, manifestando que el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; razón por la cual, informa, que, la emisión del acto administrativo no vulnera derecho fundamental alguno y que el supuesto de hecho que justi fi ca la adopción de la e fi cacia anticipada es lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 1177-2021-DE, de fecha 30 de diciembre de 2021. Que, la norma antes citada, dispone como ha quedado señalado en líneas anteriores, lo relativo a la efi cacia anticipada del acto administrativo, con lo cual, bajo un principio de discrecionalidad, la Administración observando las exigencias antes anotadas, observe la existencia de un supuesto de hecho que justi fi que la necesidad de expedirse el acto administrativo con e fi cacia anticipada; precisándose, que en el presente caso, obra copia fedateada de la Resolución Ministerial N°1177-2021-DE, de fecha 30 de diciembre de 2021, que resuelve nombrar a partir del 1 de enero de 2022 a los O fi ciales Superiores en los empleos detallados el CRL INF Juan José Zeballos Zegarra, Lara, como Director del Colegio Militar Leoncio Prado. Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.1), del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público: “El Titular de la Entidad es responsable en materia presupuestaria y de manera solidaria, según sea el caso, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Consejo Directivo u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Para el caso de las Entidades señaladas en los incisos 6 y 7 del párrafo 3.1 del artículo 3º del presente Decreto Legislativo, y de las empresas de los Gobiernos Regionales y Locales, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva”; siendo pertinente destacar que entre los principios de la norma antes referida se encuentra el de Transparencia Presupuestal, prevista en el numeral 13, del artículo 2º de sus Disposiciones Generales. Que, corresponde que el Titular de la Entidad como máxima autoridad de la jurisdicción y representante legal y titular del Pliego Presupuestal, conforme a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, designe con e fi cacia anticipada a partir del 01 de enero de 2022, al CRL INF Juan José Zeballos Zegarra, como Director del Colegio Militar Leoncio Prado, como Responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora 301 del Pliego 464 del Gobierno Regional del Callao. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº 031- 2022-GRC/GAJ, de fecha 11 de enero de 2022, opina que resulta procedente la solicitud hecha a través de la Hoja de Ruta SGR-000438, de fecha 07 de enero de 2022 por la Institución Educativa Pública Militar Colegio Militar Leoncio Prado, para designar con e fi cacia anticipada a partir del 01 de enero de 2022 al CRL INF Juan José Zeballos Zegarra, Director General de la Institución Educativa Pública Militar, Colegio Militar Leoncio Prado, como Responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora 301, pliego 464 del Gobierno Regional del Callao para el año 2022 Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; de conformidad con lo dispuesto en el artículo noveno de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000322, de fecha 14 de agosto de 2018; y contando con el visto bueno de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO todos los extremos que contenga la Resolución Ejecutiva Regional N° 017-2021, de fecha 18 de enero de 2021, que se oponga a lo resuelto en la presente Resolución. Artículo Segundo.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada al 01 de enero de 2022, al Coronel EP Juan José Zeballos Zegarra, como Director de la Institución Educativa Pública Militar “Colegio Militar Leoncio Prado”, como responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora 301-IEPM “Colegio Militar Leoncio Prado” para el año 2022. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo cumpla con noti fi car debidamente a las partes y áreas correspondientes de la Entidad la presente resolución y a la Dirección Nacional de Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, la Contraloría General de la República. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuniquese.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 2038995-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza que establece beneficio tributario y administrativo en la jurisdicción del distrito de Carabayllo, para el ejercicio 2022 ORDENANZA Nº 464-MDC Carabayllo, 31 de enero de 2022El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ; VISTOS: El Informe Nº 0165-2021-GATR/MDC, de fecha 27 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal Nº 002-2022-GAJ/MDC, de fecha 06 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum Nº 028-2022-GM/MDC, de fecha 10 de enero de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 001-2022-CEPP/MDC, de fecha 20 de enero de 2022, emitido por la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, respecto al PROYECTO DE ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO EN LA