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33 NORMAS LEGALES Martes 15 de febrero de 2022 El Peruano / equilibrio necesario y justo, entre el cuidado de la salud de los servidores públicos y la continuidad del servicio público, es que consideramos necesario avanzar en el retorno al trabajo hacia un modelo mixto de atención, que comparta el trabajo presencial con el remoto, minimizando al máximo posible los riesgos para la vida, la salud e integridad de jueces, servidores judiciales y usuarios; siendo así, consideramos que los jueces, al término del periodo vacacional, deben retornar al trabajo, optando por mantener jornadas de trabajo mixtas de cinco horas presenciales y tres horas remotas diariamente de lunes a viernes; o de ocho horas diarias de modo presencial, en cualquiera de los supuestos, con acreditación previa de esquema completo de vacunación y ausencia de comorbilidades directas y/o indirectas; mientras que los auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo, deberán cumplir una jornada mixta diaria de lunes a viernes de 5 horas presenciales y 3 horas en la modalidad remota cumpliendo con la misma acreditación antes indicada; manteniéndose todas las medidas preventivas y disposiciones, en los que fueran aplicables, que contiene la parte resolutiva del voto en mayoría. Lima, 9 de febrero de 2022ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta CARLOS ARIAS LAZARTE Consejero 2039035-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban el Cronograma de Audiencias Públicas Extraordinarias para el año judicial 2022, que efectuarán la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias, y la Cuarta y Quinta Salas Penales de Apelaciones Nacionales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000092-2022-P-CSNJPE-PJ Lima, 11 de febrero de 2022ANTECEDENTES:I. Mediante Resolución Administrativa N.° 000006-2022-P-CSNJPE-PJ de fecha 05 de enero de 2022 se dispuso que la Presidencia de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias, y la Cuarta y Quinta Salas Penales de Apelaciones Nacionales 1 de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN– elaboren el cronograma trimestral de realización de audiencias públicas extraordinarias que se efectuarán en el año judicial 2022, el que será remitido a esta Presidencia para su aprobación. II. Las Resoluciones N.° 01-2022-1°SPSNLT- CSNJPE-PJ, 01-2022-2°SPSNLT-CSNJPE-PJ, 01-2021-3SPSNLT-CSNJPE-PJ, 01-2022-4SPSNLT-CSNJPE-PJ, 01-2021-4SPSNLT-CSNJPE-PJ, 01-2021-4SPAN-CSNJPE-PJ y 01-2022-5°SPAN-CSNJPE-PJ emitidas por las Salas arriba mencionadas de esta CSN, mediante las cuales remiten el cronograma trimestral de realización de audiencias públicas extraordinarias que efectuarán en el presente año judicial.FUNDAMENTOS: 1. Base normativa: el Decreto Ley N.° 25476 del 05 de mayo de 1992, modi fi có el periodo de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias que estipula el artículo 367 del Código de Procedimientos Penales, quedando establecidas a ejecutarse trimestralmente por las Salas Penales de la República, regulando en su artículo 2 que: “Los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fi n de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fi jados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad”. 2. En ese contexto, se requiere garantizar los derechos del justiciable reconocidos en la Constitución Política del Estado, conforme a la ratio legis del Decreto Ley N° 25476, esto es, controlar la duración de los plazos procesales de instrucción y juzgamiento, garantizando con ello que las causas penales se tramiten en los tiempos establecidos de acuerdo a ley. Este control deberá tener especial incidencia en la duración de los plazos de instrucción y especialmente de juzgamiento en el caso de la CSN debido a la complejidad y trascendencia de los mismos, que en algunos casos es inminente la vulneración del derecho a ser juzgado en un plazo razonable, debido al tiempo transcurrido para la instrucción y juzgamiento. 3. Por tanto, estando a los documentos de los antecedentes, corresponde aprobar el cronograma de audiencias públicas extraordinarias que efectuarán la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias, y la Cuarta y Quinta Salas Penales de Apelaciones Nacionales, que tramitan procesos con el Código de Procedimientos Penales de 1940, las cuales se llevarán a cabo de manera virtual, a través de la Plataforma Google Meet, estando a la declaración de la emergencia sanitaria a nivel nacional. 4. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.° 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE:Primero. APROBAR el Cronograma de Audiencias Públicas Extraordinarias para el año judicial 2022, que efectuarán la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias, y la Cuarta y Quinta Salas Penales de Apelaciones Nacionales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en las siguientes fechas: 1.° Trimestre 2.° Trimestre 3.° Trimestre 4.° Trimestre 1.° SPSNLT30 de marzo 10:00 horas22 de junio 10:00 horas28 de septiembre 10:00 horas07 de diciembre 10:00 horas 2.° SPSNLT29 de marzo 12:00 horas23 de junio 12:00 horas29 de septiembre 12:00 horas06 de diciembre 12:00 horas 3.° SPSNLT30 de marzo 14:00 horas30 de junio 12:00 horas29 de septiembre 12:00 horas23 de diciembre 12:00 horas 4.° SPSNLT28 de marzo 09:00 horas27 de junio 09:00 horas30 de septiembre 09:00 horas14 de diciembre 09:00 horas 4.° SPAN29 de marzo 12:00 horas28 de junio 12:00 horas28 de septiembre 12:00 horas27 de diciembre 12:00 horas 5.° SPAN31 de marzo 09:00 horas21 de junio 09:00 horas30 de septiembre 09:00 horas06 de diciembre 09:00 horas Segundo. RECOMENDAR a los presidentes de Sala de la CSN adoptar las medidas necesarias en los casos donde la instrucción y los juicios orales muestren una duración que ponga en riesgo el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, conforme a los estándares adoptados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional peruano y la Corte Suprema de Justicia de la República. Tercero. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la O fi cina de Control de la Magistratura,