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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (25/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 25 de febrero de 2022 El Peruano / SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en la Av. Ramón Vargas Machuca Nº 315 Parcela E-1-B Urb. Pampas de San Juan, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MARCO POLO LAFÓN Director de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-309785-2021 del 24 de setiembre de 2021, el señor JORGE MANUEL BUTRON ROQUE identi fi cada con Nº 01865393, en calidad de Gerente General de la Empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIRGEN DEL CHAPI E.I.R.L. con RUC Nº 20601094127 y domicilio fi scal en Av. Colonial Nº 706, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, en adelante, la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta y una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo menor, en el local ubicado en la Av. Ramón Vargas Machuca Nº 315 Parcela E-1-B Urb. Pampas de San Juan, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima. 3 La Resolución Nº 0140-2019/SEL-INDECOPI del 06 de mayo de 2019, emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, que con fi rma en parte la Resolución Nº 0508-2018/CEB-INDECOPI, en el extremo de declarar barrera burocrática ilegal la medida consistente en el impedimento de contar con una autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en base a la existencia de una cláusula de exclusividad en el contrato de concesión suscrito entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Lidercon Perú S.A.C. 2038593-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan renuncia de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO RESOLUCIÓN SUPREMA N° 003-2022-VIVIENDA Lima, 24 de febrero de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2021-VIVIENDA, se designa al señor Juan Andrés Bustamante Encinas, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la misma; De, conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Juan Andrés Bustamante Encinas, al cargo de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2042611-9 Designan Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2022-VIVIENDA Lima, 24 de febrero de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, siendo necesario designar a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Roger Lizandro Gavidia Johanson, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2042611-10