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55 NORMAS LEGALES Sábado 26 de febrero de 2022 El Peruano / Aprueban el “Plan de Actividades 2022 de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000048-2022-CE-PJ Lima, 21 de febrero del 2022VISTO:El O fi cio N° 00022-2022-P-CJG-PJ, cursado por la señora Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Actividades 2022 de la referida comisión, el mismo que se encuentra alineado a la Política General de Gobierno 2021-2026, Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030 del Poder Judicial, Plan de Gobierno 2021-2022 del Poder Judicial, Políticas Públicas y Planes en materia de género y violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; y está debidamente sustentado en el Informe N° 002-2022-ST-CJG-PJ. Segundo. Que, el referido plan presenta actividades y tareas que permitirán continuar con la transversalización del enfoque de género en el Poder Judicial, el impulso de la aprobación de normatividad y la implementación de políticas institucionales que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, garantizando el derecho de acceso a la justicia en igualdad y libre de discriminación; así como el fortalecimiento de las capacidades de juezas y jueces; y del personal jurisdiccional y administrativo en materias de igualdad, no discriminación y violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido plan de actividades. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 139- 2022 de la quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Álvarez Trujillo por tener cita médica y la señora Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Actividades 2022 de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de actividades. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2043046-6 Aprueban el Cuadro de Aranceles por servicios prestados por los Juzgados de Paz de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000052-2022-CE-PJ Lima, 22 de febrero del 2022 VISTO: El O fi cio N° 000115-2021-VPES-D-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paul Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena. CONSIDERANDO: Primero. Que de acuerdo al artículo 138° de la Constitución Política del Perú, la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes; asimismo, el numeral 16) del artículo 139° de la Constitución, declara como principio y derecho de la función jurisdiccional, la gratuidad de la administración de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos, para los casos que la ley señala. Segundo. Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley N° 29824 -Ley de Justicia de Paz señala que “la actuación del juez de paz es gratuita por regla general; sin embargo, de modo excepcional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial reglamentará aranceles por diligencias y actividades especiales que deba realizar el juez de paz”. Tercero. Que, en concordancia con lo establecido por la Ley N° 29824 -Ley de Justicia de Paz, el artículo 24.3° del Reglamento de la Ley de Justicia de Paz, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-JUS, establece que “el costo máximo de los aranceles jurisdiccionales y notariales será fi jado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a propuesta de cada Corte Superior de Justicia”. Cuarto. Que, en atención a ello, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 392-2014-CE-PJ aprobó el Reglamento para la Formulación de Aranceles por Servicios Prestados por los Juzgados de Paz, cuya fi nalidad es proporcionar a las autoridades competentes de las Cortes Superiores de Justicia del país los elementos y criterios básicos, para la formulación de aranceles que perciben los Juzgados de Paz por la prestación de servicios jurisdiccionales y notariales. El artículo 12° del referido Reglamento, fue modi fi cado mediante Resolución Administrativa N° 162-2021-CE-PJ. Quinto. Que, asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 188-2020-CE-PJ aprobó el Instructivo para el cálculo de aranceles por servicios prestados por Juzgados de Paz, recti fi cado y modi fi cado mediante Resolución Administrativa N° 321-2020-CE-PJ. Sexto. Que, en ese sentido, la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena solicitó a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, mediante O fi cio Múltiple N° 014-2021-ONAJUP- CE-PJ del 6 de agosto de 2021, la remisión de las resoluciones administrativas mediante las cuales se conforman las comisiones para la formulación de aranceles por servicios prestados por Juzgados de Paz; reiterando el requerimiento mediante O fi cio Múltiple N° 018-2021-ONAJUP-CE-PJ del 5 de octubre de 2021. Sétimo. Que, la Corte Superior de Justicia de Cajamarca remitió a este Órgano de Gobierno, la