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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (26/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 26 de febrero de 2022 El Peruano / Segundo. Que, el numeral 6.1 de la referida Directiva, establece que son documentos normativos todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial; en este contexto, la Directiva es un instrumento de carácter interno que contiene la descripción documentada de la forma especí fi ca de ejecución de un proceso, detallando la secuencia de los pasos a seguir en forma lógica y concatenada, incluyendo al responsable y los recursos necesarios para su ejecución. Tercero. Que, la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad mediante O fi cio N° 373-2021-P-CPAJPVYJC-CS-PJ, remitió a la Gerencia de Plani fi cación el proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para la atención judicial de personas adultas mayores”, para su trámite correspondiente. El referido documento señala que, con la aprobación del proyecto propuesto, se cumpliría con las políticas institucionales del Poder Judicial en bene fi cio de los adultos mayores, conforme a las recomendaciones dispuestas en las Reglas de Brasilia, y en los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Cuarto. Que, la Subgerencia de Racionalización ha otorgado su conformidad a la propuesta señalando que se cumple con la estructura de sustentación para la presentación del proyecto normativo de acuerdo a la Directiva N° 019-2020-CE-PJ, por lo que otorgó su opinión técnica favorable, al igual que la Gerencia de Plani fi cación. Quinto. Que, por su parte, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial señala que el proyecto normativo cumple con los objetivos del Plan Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad para la e fi cacia de las Reglas de Brasilia, a las cuales el Poder Judicial se adhirió mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 198-2020-CE-PJ; en tal sentido, ha otorgado opinión legal favorable para la prosecución de su trámite de aprobación. Sexto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000046-2022-GG- PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto para su aprobación, el mismo que cuenta con los vistos de la Gerencia de Plani fi cación, Subgerencia de Racionalización y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial. Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 087- 2022 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención de la señora Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 003-2022-CE-PJ denominada “Disposiciones para la atención judicial de personas adultas mayores”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2043046-2 Aprueban la Directiva N° 004-2022-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Servicio Estandarizado de Cabinas de Acceso a la Justicia” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000043-2022-CE-PJ Lima, 21 de febrero del 2022VISTO:El O fi cio N° 0001-2022-P-CONAUJ-PJ, cursado por el señor Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000417-2021-CE- PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva N° 007-2021-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Servicio Estandarizado de Cabinas de Acceso a la Justicia”. Segundo. Que, al respecto, el señor Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial mediante O fi cio N° 0001-2021-P-CONAUJ-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la recti fi cación de la Directiva N° 007-2021-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 000417-2021-CE-PJ, señalando que por error material el documento normativo suscrito y publicado en la citada resolución, correspondería a una versión anterior a dicho documento. En ese sentido, señala que corresponde la actualización de la referida directiva. Tercero. Que, el mencionado documento tiene como objeto implementar cabinas de acceso a la justicia que formen parte del Módulo de Atención al Usuario, permitiendo una atención adecuada y de calidad en los servicios de administración de justicia que presta el Poder Judicial, con el fi n que el acceso a la justicia sea general; por lo cual se enfoca en las personas de la tercera edad con poco conocimiento sobre herramientas digitales o aquellas con menos posibilidades de acceder a ella, y así promover la inclusión, accesibilidad y protección de los derechos de las personas usuarias de estos servicios de manera inmediata y estandarizada. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente dejar sin efecto la Directiva N° 007-2021-CE-PJ; y aprobar la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 089- 2022 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de febrero de 2022, realizada con la