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13 NORMAS LEGALES Sábado 2 de julio de 2022 El Peruano / Legislativo que crea el Programa REACTIVA PERÚ para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, y al Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), creado mediante Decreto de Urgencia N° 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana; así como ampliar el plazo para que los recursos del FAE-TURISMO puedan ser utilizados para el otorgamiento de créditos hasta el 30 de junio del año 2021; Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2021- EF/15, se modi fi ca el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 135-2020; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 018- 2021, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto de Urgencia N° 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, y otras disposiciones, se modificaron diversos aspectos del FAE-TURISMO a fin de hacerlo más atractivo para las entidades financieras a nivel nacional a través de una modalidad adicional de operación, permitiendo a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE otorgar a las Empresas del Sistema Financiero (ESF) y Cooperativas de Ahorro y Crédito No autorizadas a captar recursos del público (COOPAC), según sus límites de exposición individual, una garantía o créditos garantizados, según corresponda, en función a los beneficios y/o Tasa de Costo Efectiva Anual (TCEA) que dicha entidad aplique al beneficiario final, requiriendo que las ESF supervisadas por la SBS y COOPAC que accedan a la facilidad crediticia de COFIDE celebren el contrato de canalización de recursos y/o el contrato de garantías, según corresponda, con COFIDE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 089-2021- EF/15 se modi fi có el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO) atendiendo las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia N° 018-2021; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 057- 2021, Decreto de Urgencia que establece medidas para preservar la estabilidad del sistema fi nanciero, promover el fi nanciamiento de la mype y de los pequeños productores agrarios y otras medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera se aprobaron, entre otros, de manera excepcional, ampliar hasta el 30 de setiembre de 2021 el plazo de acogimiento del FAE-TURISMO a que se re fi ere el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas; así como su vigencia del citado Decreto de Urgencia establecida en su artículo 20; Que, con Decreto de Urgencia N° 091-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas para promover el fi nanciamiento de la MYPE y de los pequeños productores agrarios y otras medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera, se aprobaron, entre otros, ampliar hasta el 31 de marzo de 2022 la vigencia del Decreto de Urgencia N° 076-2020 establecida en su artículo 20, así como modi fi caciones a los criterios de elegibilidad de los bene fi ciarios, plazo de los créditos garantizados y acogimiento al FAE-TURISMO; Que, mediante Resolución Ministerial N° 318-2021- EF/15 se modi fi có el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO) atendiendo las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 091-2021; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2022, Decreto de Urgencia que modi fi ca el Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, así como otras disposiciones, se establecen medidas que garanticen a la micro, pequeña y mediana empresa del sector turismo a que continúen accediendo a créditos garantizados provenientes de los recursos del FAE-TURISMO, destinados a fi nanciar, hasta el 31 de diciembre del 2022, capital de trabajo, adquisición de activo fi jo y/o consolidación fi nanciera o compra de deuda y reprogramación de créditos otorgados por el mismo fondo; así como otras modi fi caciones que buscan facilitar el acceso a la cobertura; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 004-2022, faculta al Ministerio de Economía y Finanzas para modi fi car mediante Resolución Ministerial, el Reglamento Operativo del FAE-TURISMO, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2020-EF/15, a propuesta del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para realizar la adecuación de los aspectos que resulten necesarios; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 212- 2020-EF, Decreto Supremo que modi fi ca el límite de la garantía y criterios de elegibilidad del FAE-AGRO y FAE-TURISMO, por el Decreto de Urgencia N° 135-2020, Decreto de Urgencia que modi fi ca el Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas; por el Decreto de Urgencia N° 018-2021, Decreto de Urgencia que modi fi ca el Decreto de Urgencia N° 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, y otras disposiciones; por el Decreto de Urgencia N° 091-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas para promover el fi nanciamiento de la MYPE y de los pequeños productores agrarios y otras medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera; y, por el Decreto de Urgencia N° 004-2022, Decreto de Urgencia que modi fi ca el Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del sector turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, así como otras disposiciones; SE RESUELVE:Artículo 1. Modi fi cación del Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE- TURISMO) Modifícanse el artículo 1, las de fi niciones de ASIGNACIÓN DE LÍNEA DE CRÉDITO GARANTIZADO, ASIGNACIÓN DE LÍNEA DE GARANTÍAS, CARTERA DE CRÉDITOS, CONTRATO DE CANALIZACIÓN DE RECURSOS, FINANCIAMIENTO FAE-TURISMO, HONRA DE LA GARANTÍA, MIPYME DEL SECTOR TURISMO y VMCGM del artículo 2, el artículo 4, el artículo 10, los numerales 11.1 y 11.3 del artículo 11, el artículo 12, los numerales 13.1 y 13.4 del artículo 13, los numerales 16.2, 16.5 y 16.6 del artículo 16, los numerales 19.2 y 19.3 del artículo 19 y el numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 228-2020-EF/15, los cuales quedan redactados con los siguientes textos: “Artículo 1. Objeto El presente REGLAMENTO tiene por objeto regular en forma integral los términos, condiciones y funcionamiento del Fondo de Apoyo Empresarial a las MIPYME del Sector Turismo (FAE-TURISMO), creado mediante el Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del Sector Turismo para la reducción del impacto del COV ID-19 y otras medidas.”