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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2022 (10/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Corbeta Marco Patricio MUJICA CABALLERO, identi fi cado con CIP. 00011538 y DNI. 44874031, para que participe en el curso Naval Staff College (NSC), en la ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, a partir del 12 de julio de 2022 hasta el 16 de junio de 2023; así como autorizar su salida del país el 11 de julio de 2022 y su retorno el 17 de junio de 2023. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje Aéreo (ida): Lima-Newport, Estado de Rhode Island (Estados Unidos de América)US$ 1,825.31 x 1 persona US$ 1,825.31 GASTOS DE TRASLADO (IDA): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,416.28 x 1 compensación US$ 6,416.28 COMPENSACIÓN EXTRAORDINARIA POR SERVICIOS EN EL EXTRANJERO: US$ 6,416.28 / 31 x 20 Días (jul.) US$ 4,139.54US$ 6,416.28 x 5 Meses (ago. – dic.) US$ 32,081.40 TOTAL A PAGAR US$ 44,462.53 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El O fi cial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado O fi cial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 9.- El citado O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2084706-1Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0619-2022-DE Lima, 8 de julio de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 100-SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 01427-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01059-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), es una organización para instrucción militar del Ejército de los Estados Unidos de América situada en Fort Benning, en la localidad estadounidense de Columbus (Georgia), cuya misión es proporcionar educación y capacitación profesional al personal elegible de los países del Hemisferio Occidental dentro del contexto de los principios democráticos establecidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, fomentando el conocimiento mutuo, la transparencia, la con fi anza y la cooperación entre los países participantes y promueve valores democráticos, el respeto de los derechos humanos y el conocimiento y la comprensión de las costumbres y tradiciones de los Estados Unidos; Que, mediante documento de fecha 21 de abril de 2022, el Comandante del Departamento de Defensa del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), cursa invitación al Ejército del Perú, para que un O fi cial del grado de Mayor o Teniente Coronel participe en el Programa de Instructores de La Nación Amiga (PIN) en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME) del mencionado Instituto de Cooperación, por el periodo de dos (2) años, a partir del 15 de julio de 2022; Que, con Hoja de Recomendación N° 030/U-4.b.3/05.00, elaborada por el Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Teniente Coronel EP Ericson ZELADA DELGADO (titular), y en su defecto, al Teniente Coronel EP José Luis ÑAVINCOPA ACOSTA (suplente), para participar en el Programa de Instructores de La Nación Amiga (PIN) en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), ubicado en el Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 15 de julio de 2022 al 14 de julio de 2024; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de un (01) O fi cial Superior, para participar en el Programa de Instructores de La Nación Amiga (PIN) en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC); por cuanto, permitirá una capacitación con estándares internacionales e intercambiar conocimientos, a fi n que comparta sus conocimientos incrementando el potencial, conocimiento, técnica, metodología y profesionalismo de dicha Institución Armada; Que, a través del Dictamen Legal N° 1474-2022/ OAJE, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército opina que es viable autorizar el viaje al exterior del mencionado O fi cial Superior por encontrarse enmarcado dentro de la normativa vigente; asimismo, precisa que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever su participación en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1)