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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2022 (10/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Huayqui - Acos, ubicado en el distrito de Acos, provincia de Acomayo, departamento de Cusco, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código DA-PP-PQÑ 021, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTMZona UTM: 19 L CUADRO DE DATOS TECNICOS DEL PAISAJE ARQUEOLOGICO CAMINO PREHISPAN- ICO HUAYQUI - ACOS VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 121.66 76°38’14” 206480.0000 8451761.0000 2 2-3 74.73 238°41’41” 206568.0000 8451845.0000 3 3-4 115.26 86°7’9” 206552.0000 8451918.0000 4 4-5 97.58 237°19’3” 206666.0000 8451935.0000 5 5-6 107.42 150°6’39” 206706.0000 8452024.0000 6 6-7 101.64 157°10’10” 206793.0000 8452087.0000 7 7-8 191.51 191°36’45” 206892.0000 8452110.0000 8 8-9 78.64 53°34’12” 207066.0000 8452190.0000 9 9-10 87.10 179°8’18” 207050.0000 8452113.0000 10 10-11 67.12 221°4’28” 207031.0000 8452028.000011 11-12 75.33 236°11’37” 207063.0000 8451969.000012 12-13 108.00 148°59’34” 207138.0000 8451962.000013 13-14 161.90 120°18’43” 207225.0000 8451898.000014 14-15 60.21 190°47’28” 207208.0000 8451737.000015 15-16 66.12 178°42’17” 207213.0000 8451677.000016 16-17 98.78 203°0’33” 207217.0000 8451611.000017 17-18 64.28 174°34’28” 207261.0399 8451522.582018 18-19 39.61 195°45’58” 207284.1301 8451462.592219 19-20 41.20 75°34’23” 207307.8651 8451430.885620 20-21 98.43 167°46’39” 207269.7702 8451415.191221 21-22 105.30 160°26’20” 207172.8877 8451397.814822 22-23 117.00 152°2’0” 207069.0000 8451415.000023 23-24 114.04 181°59’50” 206976.0000 8451486.000024 24-25 91.81 182°21’53” 206883.0000 8451552.000025 25-26 130.97 192°54’9” 206806.0000 8451602.000026 26-27 101.13 175°33’27” 206683.0000 8451647.000027 27-1 132.31 171°34’6” 206591.0000 8451689.0000 TOTAL 2649.08 4500°0’4” Área: 336 647.84 m2 / 33.665 ha Perímetro: 2649.08 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0010 – 2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 28 de abril de 2022, así como en los Informes N° 000416-2022-DSFL/MC e Informe N° 000101-2022-DSFL-JER/MC y en el Plano Perimétrico con código DA-PP-PQÑ 021; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de afectación:xParalización de obras inconsultas sin autorización del Ministerio de Cultura. Señalización xSe recomienda la colocación de hitos, paneles informativos, para evitar la constante afectación del dicho Paisaje Arqueológico. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Acos a fi n de que procedan de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de inspección N° 0010 – 2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 28 de abril de 2022, los Informes N° 000416-2022-DSFL/MC, 000101-2022-DSFL-JER/MC, el Plano Perimétrico con código DA-PP-PQÑ 021 y el Informe N° 000091-2022-DGPA-ARD/MC, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2084817-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Estados Unidos de América, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0615-2022-DE Lima, 8 de julio de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 3270/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01443-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la