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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2022 (16/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 16 de julio de 2022 El Peruano / GRAU S.A. y la EPS NOR PUNO S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 2 789 307,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A., para fi nanciar la continuidad de la supervisión de la obra del proyecto con CUI N° 2274607: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento del distrito de Bernal, provincia de Sechura - Piura”. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPS NOR PUNO S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 2 996 224,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Nor Puno S.A. - EPS NOR PUNO S.A., para fi nanciar la continuidad de la supervisión del saldo de obra del proyecto con CUI N° 2128422: “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la localidad de Huancané”. Artículo 3.- Financiamiento Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial, se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se trans fi eren los recursos, en el marco de los dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2086984-1ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Disponen la publicación del proyecto “Directiva para la fiscalización de las entidades habilitadas para expedir certificados de salud para postulantes a licencias de conducir por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° D000039-2022-SUTRAN-SP Lima, 15 de julio del 2022VISTOS: El Informe Nº D000141-2022-SUTRAN- GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe Nº D000099-2022-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000751-2022-SUTRAN-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000347-2022-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000338-2022-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional; Que, a través del Informe Nº D000141-2022-SUTRAN- GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone la publicación de la “Directiva para la fi scalización de las entidades habilitadas para expedir certi fi cados de salud para postulantes a licencias de conducir por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, la cual cuenta con las conformidades de los órganos de línea; Que, a través del Memorando Nº D000751-2022- SUTRAN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000099-2022-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de la “Directiva para la fi scalización de las entidades habilitadas para expedir certi fi cados de salud para postulantes a licencias de conducir por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”; Que, mediante el Informe N° D000347-2022- SUTRAN-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la publicación del proyecto de la “Directiva para la fi scalización de las entidades habilitadas para expedir certi fi cados de salud para postulantes a licencias de conducir por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, a fi n de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000338-2022-SUTRAN-GG; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de la “Directiva para la fi scalización de las entidades habilitadas para expedir certi fi cados de salud para postulantes a licencias de