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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2022 (16/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 16 de julio de 2022 El Peruano / y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el Informe N° D000002-2022-CONCYTEC-OGPP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgada mediante Proveído N° D000033-2022-CONCYTEC-OGPP, respectivamente; y, el Informe N° D0005-2022-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° D000034-2022-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados–PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 088-2021- CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 003-2021-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de Transferencias Financieras y Otorgamiento de Subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el ITL, así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el Informe Técnico Legal (ITL), en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo N° 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable remite el expediente a la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al Numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país; Que, mediante el O fi cio Nº 194-2022-PROCIENCIA- DE y Proveído N° 076-2022-PROCIENCIA-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA solicita se aprueben las transferencias fi nancieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, que ascienden a un importe total de 2’187,469.69 (Dos Millones Ciento Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve y 69/100 Soles), que permitirá co fi nanciar los proyectos ganadores de los concursos de los Esquemas Financieros EF-023 “Programas de Maestría en Universidades Peruanas” Convocatoria 2015-I, E041-2018-SENCICO-01 “Proyectos de Investigación Aplicada en Construcción y Saneamiento”, E041-2018-INS-02 “Proyectos de Investigación Básica y Aplicada en Salud INS–Abiertos”, E031-2018-01-MRC “Círculos de Investigación en Salud”, E041-2019-01 “Proyectos de Investigación Básica”, E041-2020-02 “Proyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico”, E041-2020-4 “Proyectos de Investigación en Biotecnología Perú – Chile: COVID 19”, E041-2021-02 “Proyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico” y E041-2021-01 “Proyectos de Investigación Básica”, respectivamente; y para tal efecto remite el Informe Técnico–Legal Nº 010-2022-PROCIENCIA-UGG-UPP-UAL, mediante el cual los responsables de la Unidad de Gestión de Concursos, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados–PROCIENCIA, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para las transferencias fi nancieras a entidades públicas y el otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados; adjuntando además, los Certi fi cados de Crédito Presupuestario N°s 737-2022, 738-2022, 739-2022, 740-2022, 741-2022, 742-2022, 743-2022, 744-2022, 745-2022, 746-2022, 747-2022, 748-2022, 749-2022, 751-2022, 752-2022, 755-2022, 757-2022, 758-2022, 761-2022 y 762-2022, y las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Ns° 155-2015-FONDECYT-DE, 098-2018-FONDECYT-DE, 002-2019-FONDECYT-DE, 018-2019-FONDECYT-DE, 093-2019-FONDECYT-DE, 106-2020-FONDECYT-DE, 108-2020-FONDECYT-DE, 046-2021-FONDECYT-DE y 051-2021-FONDECYT-DE, que aprueban los resultados de las convocatorias de los citados esquemas fi nancieros; Que, en el Informe Técnico–Legal se concluye que la Unidad de Gestión de Concursos, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados–PROCIENCIA, cada una en el ámbito de su competencia, emite opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos en la Directiva, en las Bases de los concursos aprobados, en el convenio y/o contrato suscrito, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afi nes, emitidos y suscritos por PROCIENCIA, así como la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en los mencionados documentos; Que, asimismo, mediante el Informe N° D000002- 2022-CONCYTEC-OGPP-OPP y Proveído N° D000033- 2022-CONCYTEC-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación de las transferencias fi nancieras y otorgamiento de las subvenciones a las entidad señalada en el ITL N° 010-2022-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL; toda vez que el mismo cuenta con el fi nanciamiento correspondiente y dicho Informe Técnico–Legal ha sido elaborado de acuerdo a la Directiva antes señalada, por lo que se cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, fi nalmente, mediante el citado Informe Técnico– Legal, los responsables de la Unidad de Gestión de Concursos, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, ratifi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar las transferencias fi nancieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para co fi nanciar los proyectos citados en el Informe Técnico–Legal, así como de las disposiciones contenidas en las bases del mencionado esquema fi nanciero, el contrato o convenio (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia, por lo que la