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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2022 (18/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Lunes 18 de julio de 2022 El Peruano / regionales y municipales que la soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, el numeral 3 de la parte resolutiva determinó que: [...] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. [...] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 4 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [...] [resaltado agregado]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con los O fi cios N. os 236-2022-MDLM-SG y 338-2022-MDLM- SG, el señor secretario comunicó al JNE que, el 16 de mayo de 2022, la señora regidora solicitó su licencia sin goce de haber, la cual debe efectivizarse desde el 2 de setiembre de 2022 hasta por treinta días calendarios, debido a su intención de participar como candidata en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia fue concedida por los miembros del concejo municipal, por unanimidad, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 029-2022/MDLM, del 31 del mismo mes y año, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre de 2022 hasta por treinta días calendario. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de La Molina, y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente, para completar el número de regidores, convocar a doña Charna Yanella Camacho Rodríguez, identi fi cada con DNI Nº 71819996, candidata no proclamada de la organización política Acción Popular, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del referido concejo municipal. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, del 31 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO de manera temporal la credencial otorgada a doña Adelina Rivera Escudero, regidora del Concejo Distrital de La Molina, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Charna Yanella Camacho Rodríguez, identi fi cada con DNI Nº 71819996, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Molina, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2087241-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de La Molina, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 1152-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022013531 LA MOLINA - LIMA - LIMALICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, once de julio de dos mil veintidósVISTOS: los O fi cios N. os 237-2022-MDLM-SG y 339-2022-MDLM-SG, presentados el 14 de junio y 8 de julio de 2022, respectivamente, por don Andrés Martín Bermúdez Hercilla, secretario general de la Municipalidad Distrital de La Molina, provincia y departamento de Lima (en adelante, señor secretario), por medio de los cuales comunicó la licencia concedida a don Yoner Alexander Varas Llatas, regidor del referido concejo edil (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con los o fi cios del visto, el señor secretario informó de la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por el señor regidor, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: