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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2022 (19/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Martes 19 de julio de 2022 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo para el cofinanciamiento de ejecución de proyecto de creación del servicio de saneamiento básico mediante Unidades Básicas de Saneamiento en diversas localidades ACUERDO REGIONAL Nº 075-2022-GR-LL/CR Trujillo, 6 de julio de 2022APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO, HASTA POR LA SUMA DE SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 90/100 SOLES (S/ 6,556,278.90), DESTINADOS AL COFINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, CON CUI Nº 2493640 “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO MEDIANTE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO( UBS): LA PAMPILLA, EL BLAYS, LA MANGA, LA AVIACIÓN, LOS PALTOS, EL ALGARROBAL, IGLESIA VIEJA, TAHUANTINSUYO Y LOS ANEXOS; TOCORORO, CRUZ DE LA LEGUA, SAN ISIDRO, SANTA MARIA, EL PROGRESO, EL MILAGRO, CHARCAPE; 15 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO PROVINCIA DE CHEPEN- REGIÓN LA LIBERTAD. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión ordinaria virtual de fecha 05 de julio del 2022 VISTO Y DEBATIDO el O fi cio Nº 050-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, que contiene el Dictamen Nº 019 -2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 90/100 SOLES (S/ 6,556,278.90), destinados al cofi nanciamiento de la ejecución del Proyecto, con CUI Nº 2493640 “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO MEDIANTE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO( UBS): LA PAMPILLA, EL BLAYS, LA MANGA, LA AVIACIÓN, LOS PALTOS, EL ALGARROBAL, IGLESIA VIEJA, TAHUANTINSUYO Y LOS ANEXOS; TOCORORO, CRUZ DE LA LEGUA, SAN ISIDRO, SANTA MARIA, EL PROGRESO, EL MILAGRO, CHARCAPE; 15 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO PROVINCIA DE CHEPEN- REGIÓN LA LIBERTAD ; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y d) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con O fi cio Nº 183-2022-MDPN/A, de fecha 5 de mayo de 2022, emitido por el alcalde distrital de Pueblo Nuevo, dirigido al Gobernador Regional de La Libertad, remite el expediente técnico en físico y digital del proyecto de inversión pública (PIP) “Creación del servicio de saneamiento básico mediante unidades básicas de saneamiento (UBS): La Pampilla, El Blays, La Manga, La Aviación, Los Paltos, El Algarrobal, Iglesia Vieja, Tahuantinsuyo y los Anexos: Tocororo, Cruz de La Legua, San Isidro, Santa María, El Progreso, El Milagro, Charcape; 15 localidades del distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2493640”; Que, mediante Informe Nº 017-2022-YBPB, de fecha 13 de mayo de 2022, emitido por el economista de la Subgerencia de Estudios De fi nitivos, Yosimar Becker Polo Blas, concluye que el proyecto: “Creación del servicio de saneamiento básico mediante unidades básicas de saneamiento (UBS): La Pampilla, El Blays, La Manga, La Aviación, Los Paltos, El Algarrobal, Iglesia Vieja, Tahuantinsuyo y los Anexos: Tocororo, Cruz de La Legua, San Isidro, Santa María, El Progreso, El Milagro, Charcape; 15 localidades del distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº2493640” no comprende fraccionamiento, y es un proyecto con intervención integral; Que, Con Informe Nº 260-2022-GRLL-GGR-GRI- SGED, de fecha 13 de mayo de 2022, el subgerente de Estudios De fi nitivos, remite la opinión técnica favorable