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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2022 (26/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Martes 26 de julio de 2022 El Peruano / del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 932- 2022 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de julio de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el despliegue piloto del proyecto “JUSTO” Robot Asistente Judicial en el Módulo Integrado en Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar (protección) de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, según el siguiente cronograma: ACTIVIDADES 2022 JUL. AGO. 1. Aprobación de la resolución administrativa de implementación del proyecto piloto. 2. Implementación del proyecto JUSTO en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 3. Evaluación de los resultados obtenidos para el despliegue del proyecto a nivel nacional en los Módulos Integrados en Violencia (protección) Artículo Segundo.- Disponer que el proceso de implementación del proyecto piloto antes indicado se ejecute de julio al mes de agosto del presente año, siendo la Gerencia de Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Proyectos de Innovación, responsable de su ejecución y seguimiento, con el apoyo técnico de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. El control, seguimiento y supervisión en el Módulo Integrado en Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, estará a cargo del Administrador del mismo. Artículo Tercero.- Reconocer y felicitar el trabajo efectuado por la Gerencia de Desarrollo Corporativo; así como por el apoyo brindado por las siguientes magistradas: NOMBRES Y APELLIDOS DEPENDENCIA Carmen María López Vázquez Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte Karine Margaret Castillo VelásquezCoordinadora del Módulo Integrado en Violencia Contra la Mujer e Integrantes del grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte Artículo Cuarto.- Disponer que, una vez obtenidos los resultados del proyecto piloto, la Gerencia de Desarrollo Corporativo a través de la Subgerencia de Proyectos de Innovación evalúe la factibilidad técnica de despliegue del proyecto “JUSTO” en los otros Módulos Integrados en Violencia a nivel nacional; así como en otras materias, elevando el informe respectivo al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Imagen y Comunicaciones de la Gerencia General del Poder Judicial, gestione en las redes sociales y medios de comunicación en general, la difusión de los alcances y bene fi cios de esta herramienta digital. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia, Gerencia de Desarrollo Corporativo, Gerencia de Informática; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2089843-8 Disponen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de San Martín Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000274-2022-CE-PJ Lima, 21 de julio del 2022VISTOS:El O fi cio Nº 000670-2022-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Informe Nº 000101-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín propone la redistribución de la carga penal en liquidación que actualmente tramita el Juzgado Mixto del distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres, al Juzgado Penal Unipersonal Permanente del mismo distrito y provincia; así como, la redistribución de la carga penal en liquidación que actualmente conoce el Segundo Juzgado Civil del distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, al Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito y provincia. Segundo. Que, de acuerdo al análisis realizado por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, se advierte que los procesos seguidos bajo el amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940, que conoce en adición a sus funciones el Juzgado Mixto del distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres; así como el Segundo Juzgado Civil del distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, ambos de la Corte Superior de Justicia de San Martín, representa una carga procesal mínima pendiente de resolución. Asimismo, que el Juzgado Penal Unipersonal Permanente del distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres; y el Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, de la misma Corte Superior de Justicia, registran un buen nivel de descarga procesal. Tercero. Que, en aras de garantizar un e fi ciente servicio de administración de justicia, mejorando la calidad de las resoluciones emitidas acorde a la especialidad, resulta viable redistribuir la carga procesal en liquidación del Juzgado Mixto del distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres, al Juzgado Penal Unipersonal Permanente del mismo distrito y provincia; del mismo modo, resulta procedente redistribuir la carga procesal en liquidación del Segundo Juzgado Civil del distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, al Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito y provincia, considerando a su vez que los expedientes a derivarse no implicarían un retraso en la función primigenia de los órganos jurisdiccionales de destino, máxime si se tiene como referencia de la actuación célere de los mismos. Cuarto. Que, por lo expuesto en el Informe Nº 000101-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo