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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2022 (26/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Martes 26 de julio de 2022 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Nº 000714-2022-ST-UETI-CPP-PJ cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, el O fi cio Nº 000652-2022-P-CSJAR-PJ remitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y el Informe Nº 0000119-2022-MYE-ST-UETICPP-PJ del Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa propone la redistribución de la carga procesal del 2º Juzgado Penal Unipersonal de Paucarpata al 1º y 3º Juzgados Penales Unipersonales del mismo distrito; y la redistribución de la carga procesal del 2º Juzgado Penal Unipersonal de Cerro Colorado al 1º Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito. Segundo. Que, de acuerdo al análisis realizado por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal se advierte que el 2º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Paucarpata y el 2º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Cerro Colorado, cuentan con una considerable cantidad de expedientes por tramitar; cuya carga procesal no es equivalente a la que registran sus pares, el 1º y 3º Juzgados Penales Unipersonales del distrito de Paucarpata, así como del 1º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Cerro Colorado. Tercero. Que, en aras de garantizar una e fi ciente y célere administración de justicia de conformidad al primer objetivo estratégico institucional del Poder Judicial, y con la fi nalidad de equiparar la carga procesal entre órganos jurisdiccionales alcanzando los niveles óptimos de producción, resulta viable emitir una medida administrativa que garantice el objetivo de apoyo en la descarga procesal del 2º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Paucarpata y del 2º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Cerro Colorado, siendo la más idónea la redistribución de expedientes de estos órganos jurisdiccionales a sus pares de los mismos distritos. Cuarto. Que, por lo expuesto en el Informe Nº 000119-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario expedir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto . Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 912- 2022 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de julio de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario El Peruano, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Arequipa: 1.1 DISTRITO DE PAUCAR PATA: a) Redistribuir la cantidad de 110 expedientes de procesos comunes del 2º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Paucarpata, al 1º Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. b) Redistribuir la cantidad de 110 expedientes de procesos comunes del 2º Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Paucarpata, al 3º Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. 1.2 DISTRITO DE CERRO COLORADO:Redistribuir la cantidad de 110 expedientes de procesos comunes del 2º Jugado Penal Unipersonal del distrito de Cerro Colorado, al 1º Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. 1.3 Disponer que los expedientes a redistribuir son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite; puesto que serán culminados por el órgano jurisdiccional de origen. 1.4 Disponer que los expedientes autorizados a redistribuirse deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, y con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial realice las adecuaciones necesarias al Sistema Integrado Judicial, para cumplir con lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Gerencia de Informática; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2089843-4 Declaran fundada solicitud de permuta presentada por jueces de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y del Santa Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000270-2022-CE-PJ Lima, 21 de julio del 2022VISTA: La solicitud presentada por el señor Raúl Serafín Rodríguez Soto, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia del Santa; y, el señor Dwight Guillermo García Lizárraga, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash. CONSIDERANDO: Primero. Que, los señores Raúl Serafín Rodríguez Soto, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia del Santa (actualmente desempeñándose como magistrado integrante de la Unidad de Prevención Especial de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial); y, Dwight Guillermo García Lizárraga, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash (actualmente desempeñándose como Jefe de la