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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2022 (27/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2022 El Peruano / (DIGESU), la de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modi fi cado con Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, mediante Ley N° 29614, se crea la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas; Que, con Resolución Viceministerial N° 075-2019-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, quedando integrada de la siguiente manera: MARIA NELLY LUJAN ESPINOZA, como Presidenta; WILDER ESPIRITU VALENZUELA ANDRADE, como Vicepresidente Académico; y RAUL ANTONIO BELTRAN ORBEGOSO, como Vicepresidente de Investigación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 129-2021-MINEDU, se da reconocimiento póstumo al señor WILDER ESPIRITU VALENZUELA ANDRADE y se designa al señor FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN, en el cargo Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua; Que, mediante Carta Nº 004-2022-MNLE, la señora MARIA NELLY LUJAN ESPINOZA presenta su renuncia al cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua; Que, con O fi cio N° 00768-2022-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00099-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, sustenta la propuesta de Resolución Viceministerial que disponga: i) Aceptar la renuncia de la señora MARIA NELLY LUJAN ESPINOZA al cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua ; y ii) Encargar al señor FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN, en su calidad de Vicepresidente Académico, las funciones de Presidente de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones; Que, mediante Informe N° 00811-2022-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29614; Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cado por la Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora MARIA NELLY LUJAN ESPINOZA, al cargo de presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor FELIPE ALBERTO HENRÍQUEZ AYIN, en su calidad de Vicepresidente Académico, las funciones de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo o de transferencia de gestión, según corresponda, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2090299-1 Modifican el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 076-2022-MINEDU, mediante el cual se dispone que las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado, retornen a la prestación del servicio educativo de manera presencial, a partir del segundo semestre de 2022 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 094-2022-MINEDU Lima, 26 de julio de 2022VISTOS, el Expediente N° 0145324-2022, los Informes N° 00251-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA y N° 00256-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Informe N° 01195-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 0839-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación