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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2022 (27/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional durante el presente Año Fiscal, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 1 de la citada Disposición Complementaria Final, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación económica; las cuales se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440 establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio Nº 2944-2022-SG/MINSA, complementado con los O fi cios Nº 1369-2022-OGPPM- OP/MINSA y Nº 1385-2022-OGPPM-OP/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, para fi nanciar la ejecución de trece (13) proyectos de inversión; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 454-2022-OP-OGPPM/MINSA, Nº 521-2022-OP-OGPPM/MINSA y Nº 544-2022-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes; Que, mediante el Memorando Nº 0266-2022-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0223-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, en base a la información registrada en el Banco de Inversiones por los operadores del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, informa que ha efectuado la revisión de los trece (13) proyectos de inversión materia de la solicitud realizada por el Ministerio de Salud, concluyendo que no presentan comentarios; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Añ o Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 111 828 807,00 (CIENTO ONCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Autorización de Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 111 828 807,00 (CIENTO ONCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para fi nanciar la ejecución de trece (13) proyectos de inversión, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 111 828 807,00 ============= TOTAL EGRESOS 111 828 807,00 ============= A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 91 821 481,00 --------------------SUBTOTAL 91 821 481,00 -------------------- SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 20 007 326,00 --------------------SUBTOTAL 20 007 326,00 ============= TOTAL EGRESOS 111 828 807,00 ============= 1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artí culo se encuentra en el Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales” y en el Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Economí a y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) en la misma fecha de publicació n de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolució n, la desagregació n de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programá tico, dentro de los cinco (05) dí as calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolució n se remite dentro de los cinco (05) dí as calendario de aprobada a los organismos