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23 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2022 El Peruano / pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Autorización de Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 253 148 751,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento del mantenimiento rutinario y periódico de infraestructura vial vecinal, así como los servicios de inspección y fortalecimiento de capacidades técnicas y administrativas en infraestructura vial vecinal, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 253 148 751,00 ============ TOTAL EGRESOS 253 148 751,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte PRODUCTO 3000133 : Camino Vecinal con Mantenimiento Vial ACTIVIDAD 5006373 : Promoción, Implementación y ejecución de actividades para la reactivación económica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 79 575 966,00 PRODUCTO 3000133 : Camino Departamental con Mantenimiento Vial ACTIVIDAD 5001453 : Mantenimiento Periódico de caminos vecinales no pavimentados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 93 723 105,00 PRODUCTO 3000133 : Camino Departamental con Mantenimiento Vial ACTIVIDAD 5001452 : Mantenimiento Rutinario de caminos vecinales no pavimentados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 79 849 680,00 ============ TOTAL EGRESOS 253 148 751,00 ============ 2.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los servicios de Mantenimiento Rutinario de Infraestructura Vial Vecinal”, en el Anexo Nº 3 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de las actividades de Mantenimiento Periódico de Infraestructura Vial Vecinal”, en el Anexo Nº 4 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de actividades de Mantenimiento Rutinario de Infraestructura Vial Vecinal” y en el Anexo Nº 5 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los servicios de Inspección y Fortalecimiento de Capacidades Técnicas y Administrativas en Infraestructura Vial Vecinal”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3. Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 El Titular del Pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del artículo 1, así como los Titulares de los Pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público 3.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2090357-6 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 173-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA