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26 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2022 El Peruano / Presupuestal 0079: Acceso de la Población a la Identidad a cargo del RENIEC, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 6 000 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 6 000 000,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0079 : Acceso de la Población a la IdentidadPRODUCTO 3000001 : Acciones comunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión del programaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 3 330 737,00 PRODUCTO 3000465 : Población de 0-3 Años con Documento Nacional de Identidad – Apoyo social ACTIVIDAD 5003312 : Proceso de emisión del DNI de la población de 0-3 años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 189 183,00 PRODUCTO 3000466 : Población de 4-17 años con Documento Nacional de Identidad – Apoyo social ACTIVIDAD 5003313 : Proceso de emisión del DNI de la población de 4-17 años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 949 480,00 PRODUCTO 3000467 : Población de 18-64 años con Documento Nacional de Identidad – Apoyo social ACTIVIDAD 5003354 : Proceso de emisión del DNI de la población de 18-64 años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 503 145,00 PRODUCTO 3000468 : Población de 65 Años a más con Documento Nacional de Identidad – Apoyo social ACTIVIDAD 5003386 : Proceso de emisión del DNI de la población de 65 años a más FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 27 455,00 =========== TOTAL EGRESOS 6 000 000,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2090357-8 Aprueban los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de junio del año 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 175-2022-EF/50 Lima, 26 de julio del 2022 CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, señala que tiene por objeto establecer la regalía minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la referida Ley defi ne a la regalía minera como la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 28258 establece que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuye mensualmente los recursos recaudados por concepto de regalía minera, en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la misma, entre los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Nacionales; Que, los numerales 16.1, 16.2, 16.3 y 16.4 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2004-EF, señalan que para la distribución a que se re fi ere el artículo 8 de la Ley N° 28258, se tiene en cuenta la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de