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17 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2022 El Peruano / 1, así como los Titulares de los Pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del artículo 2, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 y en el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2090830-1 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas Universidades Públicas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO Nº 176-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 1 de la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos universidades públicas, hasta por el monto de S/ 107 416 226,00 (CIENTO SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES) para fi nanciar, entre otras fi nalidades, el literal c) del citado numeral, referido a la creación de nuevas plazas de docentes ordinarios en las Universidades Nacionales: Amazónica de Madre de Dios, Micaela Bastidas de Apurímac, Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Diego Quispe Tito, de Música y Daniel Alomía Robles; Que, asimismo, el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final, señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último. Dicho Decreto Supremo se publica, hasta el 31 de julio de 2022, para lo dispuesto en el literal c) del numeral 1 de la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante el O fi cio N° 00386-2022-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac (UNAMBA) y Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (UNTRM), para fi nanciar el costo que implica la creación de ciento cuarenta y seis (146) nuevas plazas de docentes ordinarios, en el marco de lo dispuesto en el literal c) del numeral 1 de la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 01118-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 1804-2022-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en estricta sujeción a la información que remite el Ministerio de Educación, procede a estimar el costo para fi nanciar las ciento cuarenta y seis (146) plazas de docentes ordinarios de la Categoría Principal, siendo un total de veinte (20) plazas de docentes ordinarios para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), cuarenta y seis (46) plazas de docentes ordinarios para la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac (UNAMBA) y ochenta (80) plazas de docentes ordinarios para la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (UNTRM); correspondiente al periodo de setiembre a diciembre del año 2022; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 4 854 490,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de tres (03) Universidades Públicas, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 4 854 490,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac (UNAMBA) y Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (UNTRM); para fi nanciar el costo que implica la creación de ciento cuarenta y seis (146) nuevas plazas de docentes ordinarios, en el marco de lo dispuesto en el literal c) del numeral 1 de la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos