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20 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2022 El Peruano / de Educación ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana – FONDEP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2090829-11 ENERGIA Y MINAS Designan Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2022-MINEM/DM Lima, 27 de julio de 2022VISTOS: El Memorando N° 0620-2022/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe N° 337-2022-MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 690-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe(a) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Mariela Pilar Castillo Núñez como Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2090512-1 Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2022-MINEM/DM Lima, 27 de julio de 2022VISTOS: El Informe N° 750-2022-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe N° 184-2022-MINEM/OGPP-OPPIC de la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 694-2022-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como parte de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece que el Ministerio de Energía y Minas tiene competencia exclusiva para diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el numeral 28.1 del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y su modi fi catoria, establece que los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos y sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; a su vez, el numeral 28.2 indica que los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; Que, por Resolución Suprema N° 145-2019-PCM, modi fi cada por Resolución Suprema N° 190-2019-PCM, se conforma la Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible encargada de elaborar propuestas de medidas normativas y de gestión, así como de política pública para el desarrollo de actividades mineras sostenibles. Al respecto, en el informe fi nal de la referida Comisión se recomienda que, en el marco de sus funciones, el Ministerio de Energía y Minas elabore una propuesta de Política Nacional Multisectorial de Minería Informal, con asistencia técnica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); señalando que dicha política debe ser trabajada por un Grupo de Trabajo Multisectorial que incluya a los sectores relevantes en el tema, de modo tal que se pueda coordinar las diferentes intervenciones del Estado hacia un objetivo común; Que, por Resolución Ministerial N° 075-2021-MINEM/ DM publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 27 de marzo de 2021, se formalizó el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal, en adelante Política Nacional Multisectorial, creándose un Grupo de Trabajo Multisectorial de Naturaleza Temporal encargado de su formulación, teniendo dicho grupo una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación; la misma que ha sido prorrogada sucesivamente; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial dispuso que la Dirección General de Formalización Minera tiene a su cargo la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial y es responsable del desarrollo de las etapas de elaboración de la Política con el asesoramiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2018-PCM y sus modi fi catorias, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, en el marco de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 7.5 del artículo 7 del citado Reglamento, establece que los ministerios competentes proponen la aprobación o actualización de las políticas nacionales que conforman la Política General de Gobierno