TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / Que, de acuerdo a lo señalado en el referido informe fi nal, Informe Nº 00000004-2021-PRODUCE/ DGSFS, se puede advertir que el proceso de elección obtuvo como resultado, la elección de dos (2) representantes, titular y alterno, de los sectores Cuero y calzado y Muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o bienes de plástico, quedando pendiente la elección de uno (1) de ellos, correspondiente al sector metalmecánica; Que, se debe indicar que la Elección de los Representantes faltantes de los Gremios de las MYPE se sujetó al procedimiento regular en todos los sectores productivos, cubriéndose solo la representación en el sector Cuero y calzado bajo dicha modalidad; no obstante, para el sector Muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o bienes de plástico, se procedió según la “designación por invitación”, considerando que la asociación correspondiente no se presentó a realizar la votación respectiva, conforme al cronograma electoral, procediéndose a designar a los representantes respectivos. De igual manera, para el sector Metalmecánica, se recurrió a la “designación por invitación”, al haberse declarado desierta la elección; sin embargo, no se pudo designar a los representantes, al no cumplir estos con los requisitos señalados en el Procedimiento de Elección, quedando así pendiente su elección; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, así como lo establecido en el numeral 9.4 del apartado IX del Procedimiento de Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos, resulta necesario que se convoque un nuevo proceso de elección del Representante faltante de los Gremios de las MYPE del sector productivo Metalmecánica, el cual deberá estar sujeto, en lo que corresponda, a las disposiciones que establece el Procedimiento de Elección aprobado por la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 003-2021-PRODUCE/COMPRAS-MYPERU, y considerando para la conformación del Comité Electoral, lo dispuesto en el Memorando Nº 00000537-2022-PRODUCE/DVMYPE-I; Que, estando a lo informado; y, en el marco de las funciones establecidas por el artículo 4 del Manual de Operaciones del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 201-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Convocatoria a Elección del Representante faltante de los Gremios de las MYPE del sector productivo Metalmecánica. 1.1. Convocar a Elección del Representante faltante de los Gremios de las MYPE del sector productivo Metalmecánica, el cual se encuentra vinculado a los bienes a adquirir a través de los Núcleos Ejecutores de Compras. 1.2. La Elección del Representante faltante de los Gremios de las MYPE del sector metalmecánica, equivale a uno (1), titular y alterno. Artículo 2.- El ejercicio del voto para elegir a los representantes , se efectúa en la modalidad virtual, para lo cual el Programa Nacional “Compras a MYPErú ” coordina con la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Artículo 3.- El Comité Electoral que estará a cargo de la conducción del Proceso de Elección del Representante faltante de los Gremios de las MYPE del sector productivo Metalmecánica, a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, será constituido por: – El/la Director/a de la Dirección de Supervisión y Fiscalización de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, quien actúa como Presidente. – El/la Director/a de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, quien actúa como Secretario. – El/la Director/a de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, quien actúa como Vocal.El Comité Electoral se instala al día hábil siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 4.- Fecha de Elecciones Establecer como fecha de la elección referida en el artículo 1 de la presente Resolución, el día 20 de julio de 2022, en el horario de 09:00 a 13:00 horas, la cual se desarrolla en concordancia con el Procedimiento de Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos, el Cronograma Electoral y demás disposiciones que apruebe y publique el Comité Electoral. Artículo 5.- Difusión El Comité Electoral dispone la publicación de la convocatoria, con la información referida al Procedimiento de Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos respectivos, así como la publicación del Cronograma Electoral y demás disposiciones, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce). Artículo 6.- Publicación Publicar la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseMOSQUEIRA CORNEJO, NINOSKA Directora Ejecutiva (e)Programa Nacional Compras a MYPERÚ 2072658-1 RELACIONES EXTERIORES Dan término al nombramiento de Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Arequipa, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0318-2022-RE Lima, 28 de mayo de 2022VISTA:La Resolución Ministerial N° 0306-2022-RE, que traslada al Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Vicente Torres Seguín, a prestar funciones de su categoría al Consulado General del Perú en Valencia, Reino de España; CONSIDERANDO:Que, la Resolución Ministerial N° 0444-2021-RE, nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Vicente Torres Seguín, como Director de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Arequipa, departamento de Arequipa, desde el 1 de noviembre de 2021; Que, en atención a la Resolución Ministerial Nº 0306- 2022-RE, se requiere dar término al nombramiento del citado funcionario diplomático como Director de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Arequipa, departamento de Arequipa; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 020- 2002-RE y modi fi catorias, que dispone la creación de las Ofi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Resolución Ministerial N° 0579-2002-RE y modi fi catorias, Normas para la Implementación