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32 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / el mencionado nombramiento, no fueron incluidos en los procesos de nombramiento correspondientes a los años 2014 al 2018 y fueron identi fi cados en el marco de la disposición complementaria fi nal nonagésima octava de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, a través del numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 016-2020, Decreto de Urgencia con el cual se establecen medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, se autorizó al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), la continuación del proceso de nombramiento de hasta el 40% (cuarenta por ciento) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento; Que, asimismo, el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto Urgencia antes mencionado, dispuso que el Ministerio de Salud aprueba, mediante Resolución Ministerial, la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, en ese sentido, el Ministerio de Salud, mediante el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, recti fi cado mediante la Resolución Ministerial N° 892-2020/MINSA, aprobó la “Relación nominal del personal apto en el proceso de nombramiento consolidado a nivel nacional por unidades ejecutoras, en sujeción a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 016-2020”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1245- 2021/MINSA, se resolvió modi fi car el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, conforme el anexo que forma parte integrante del citado acto resolutivo, que contiene la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957 y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, a través del documento de Visto, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos señala lo siguiente: a) En el Anexo 1-A Modi fi cado de la Resolución Ministerial N° 1245-2021/MINSA, se han advertido errores materiales referidos a los nombres y apellidos, así como el número de documento nacional de identidad de algunas personas declaradas aptas al nombramiento; denominación del cargo y número del código RENAES. b) Mediante O fi cio N° 322-2021-GOREMAD/GRPPYAT, la Gerencia Regional de Madre de Dios comunica que el Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 054-2021-GOREMAD/GR, ha fusionado la Unidad Ejecutora 402 Redes de Salud Periférica a la Unidad Ejecutora 400 Salud Madre de Dios; en ese sentido, corresponde trasladar los cuarenta y tres (43) aptos al nombramiento de la Unidad Ejecutora 402 a la Unidad Ejecutora 400. c) A través del O fi cio N° 1452-2022-ETARRHH- OEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG.TACNA, se solicita la eliminación del registro consignado con el número 1 en la Unidad Ejecutora 400 Salud Tacna por duplicidad con el registro número 2, respecto de la servidora Marilly Elizabeth Viza Vizcarra Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos concluye que corresponde efectuar las modi fi caciones requeridas en el Anexo 1-A Modi fi cado de la Resolución Ministerial N° 1245-2021/MINSA, subsanando los errores materiales advertidos. Asimismo, dicha Ofi cina General señala que, las referidas modi fi caciones no conllevan a incrementar el número total de aptos al nombramiento ni demanda recursos adicionales; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVEArtículo 1.- Modi fi car el Anexo 1-A Modi fi cado de la Resolución Ministerial N° 1245-2021/MINSA, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, que contiene la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos ponga de conocimiento de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la presente Resolución Ministerial y su respectivo anexo. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo, en el portal de transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2072850-2 Aprueban la “Tabla referencial de valoración mínima de días de incapacidad temporal por accidente de tránsito” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2022/MINSA Lima, 31 de mayo del 2022Visto, el Expediente Nº 19-139171-025, que contiene el Informe Nº 027-2022-DAS-DGAIN/MINSA y el Memorando Nº 253-2022-DGAIN/MINSA, emitidos por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional y el Informe Final Nº 001-2019-COMISIÓN SECTORIAL RM Nº 690-2019/MINSA de la Comisión Sectorial encargada de formular la tabla de cali fi cación de incapacidad temporal para ser aplicada a las personas víctimas de accidentes de tránsito cubiertas por el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), así como, el Informe Nº 509-2022-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;