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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (16/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la Ley N° 27444), aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece la obligación de todas las entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar la aprobación de su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), cuyo contenido comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte que cuenten con respaldo legal y sean requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, así como la descripción clara y taxativa de todos los requisitos para su realización, entre otras condiciones, que otorgan predictibilidad a los administrados para su adecuada tramitación; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 269- 2014-CG, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, siendo modi fi cado por Resoluciones de Contraloría N° 119-2016-CG, N° 455-2018-CG y N° 027-2021-CG; Que, por Decreto Legislativo N° 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, la misma que se constituye en una herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del TUPA, así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las entidades de la Administración Pública; asimismo, mediante Decreto Supremo N° 031-2018-PCM, se aprueba el Reglamento del SUT, el cual establece las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los TUPA; y, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2020-PCM/SGP, se aprobó la actualización del Manual del SUT, en cuyos numerales 5.1 y 5.2, señala que en la fase preparatoria de elaboración del TUPA, podría conformarse un equipo exclusivo para implementar el SUT, cuyos integrantes deben tener conocimientos en procesos, costos y aspectos legales de derecho administrativo; Que, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2018-PCM-SGP, se aprobó el nuevo formato de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), para todas las entidades de la Administración Pública; y, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de fi niéndose en el numeral 4.6 del artículo 4, que dicho documento constituye un documento de gestión institucional que compendia y sistematiza de manera comprensible y clara la información de todos los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incluyendo aquellos que son estandarizados, que deben tramitar los ciudadanos y empresas en las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 5 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, establece que las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA, cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de procedimientos y/o servicios antes referidos; cuando se trate de la modi fi cación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad por incremento de requisitos, aumento del plazo máximo de atención, incremento del monto del derecho de tramitación, entre otros; y, como resultado de un proceso de simpli fi cación administrativa o modernización institucional; Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2010- PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, disponiendo en su artículo 1 el uso obligatorio de dicha metodología en los procesos de elaboración y/o modi fi cación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los TUPA; y mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprobó la Metodología de Simpli fi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, de aplicación, según su artículo 2, a todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en los alcances del artículo I del Título Preliminar del TUO de la Ley N° 27444; Que, de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000282-2022-CG/GJNC, y conforme a los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000236-2022-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República, de acuerdo al nuevo formato elaborado en el Sistema Único de Trámites (SUT), dejando sin efecto la Resolución de Contraloría N° 269-2014-CG, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, modi fi cado por Resoluciones de Contraloría N° 119-2016-CG, N° 455-2018-CG y N° 027-2021-CG; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República, de acuerdo al formato elaborado en el Sistema Único de Trámites (SUT), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar los derechos de tramitación correspondiente a los procedimientos administrativos y los formularios contemplados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 269-2014-CG, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias aprobadas por Resoluciones de Contraloría N° 119- 2016-CG, N° 455-2018-CG y N° 027-2021-CG, así como toda disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a su vez ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O ficial El Peruano, sección Normas Legales. 2077941-1