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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (19/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / N° 067-2021-OS/CD para la empresa Electronoroeste S.A. el monto de S/ 2 421 828,18 (sin IGV) en favor de la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. como pago a cuenta del Cargo Unitario por Compensación de la Con fi abilidad en la Cadena de Suministro de Energía al que se re fi ere el ítem 14 del Cuadro N° 3 de la presente resolución asignada a Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A.” Artículo 8°.- Incorporar el Informe N° 381-2022-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 9°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y consignarla junto con el informe a que se re fi ere el artículo 8, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2078865-1 Modifican los valores contenidos en cuadros de diversos Artículos de la Resolución N° 058-2022-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 130-2022-OS/CD Lima, 17 de junio de 2022 CONSIDERANDO:Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución N° 058-2022-OS/CD que fi jó el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión y/o Sistemas Complementarios de Transmisión, asignados a la demanda, se han expedido las Resoluciones de la N° 108-2022-OS/CD, N° 109-2022-OS/CD, N° 110-2022-OS/CD, N° 111-2022-OS/CD, N° 122-2022-OS/CD, N° 123-2022-OS/CD, N° 124-2022-OS/CD N° 125-2022-OS/CD, N° 126-2022-OS/CD y N° 127-2022-OS/CD que resuelven los recursos de las empresas Electronorte S.A., Consorcio Transmantaro S.A., Transmisora Eléctrica del Sur 3 S.A.C., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., Red de Energía del Perú S.A., Hidrandina S.A., Luz del Sur S.A.A., ENGIE Energía Perú S.A. y Enel Distribución Perú S.A.A. respectivamente, contra la Resolución N° 058-2022-OS/CD; Que, en la parte resolutiva de determinadas decisiones señaladas en el considerando anterior, se ha dispuesto que las modi fi caciones en la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión de los SST y SCT y en el Cargo Unitario de liquidación vigente para el periodo mayo 2022 – abril 2023, que motiven los extremos declarados fundados y fundados en parte, deberán aprobarse mediante resolución complementaria; Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración presentados y de revisiones posteriores efectuadas por Osinergmin, sobre los temas incluidos en dicha resolución, se ha determinado la necesidad de corregir de o fi cio rubros a ser subsanados por Osinergmin; Que, se ha emitido el Informe N° 379-2022-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin para la emisión de la presente resolución, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 19-2022. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car los valores contenidos en el Cuadro N° 1, del Artículo 1 de la Resolución N° 058-2022-OS/CD, por los valores siguientes: Cuadro Nº 1.- Peajes Recalculados Área de DemandaTitularAcumulado en MATAcumulado en ATAcumulado en MT Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh 1ADINELSA 0,0000 0,0363 0,0760 ELECTRONOROESTE 0,0000 0,3738 0,9609 ELECTROPERÚ 0,0000 0,0056 0,0101 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0317 0,4131 0,4175 TOTAL ÁREA 0,0317 0,8288 1,4645 2ADINELSA 0,0000 0,0347 0,0941 COELVISAC 0,0000 0,0784 0,0825 ELECTRO ORIENTE 0,0590 0,1276 0,1928 ELECTRONORTE 0,0835 0,5752 1,2186 PEOT 0,0000 0,1568 0,2401RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0000 0,3150 0,3241 TOTAL ÁREA 0,1425 1,2877 2,1522 3CHAVIMOCHIC 0,0000 0,0034 0,0067 CONELSUR 0,0000 0,0086 0,0086 CTAN 0,0130 0,0130 0,0130 ELECTRONORTE 0,0000 0,0000 0,0047 HIDRANDINA 0,1254 0,6907 1,2364 ISA PERÚ 0,0076 0,0309 0,0402 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0033 0,2202 0,2223 TOTAL ÁREA 0,1493 0,9668 1,5319 4ELECTRO ORIENTE 1,2499 1,9085 2,4894 TOTAL ÁREA 1,2499 1,9085 2,4894 5ADINELSA 0,0085 0,0483 0,0811 UNACEM 0,0045 0,0110 0,0110 TRANSMISORA SUR ANDINO 0,0000 0,0128 0,0128 CONELSUR 0,0000 0,0093 0,0340 STATKRAFT 0,0226 0,7441 0,9751 ELECTROCENTRO 0,0015 0,9324 1,6600 ELECTROPERÚ 0,0061 0,0061 0,0061 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0230 0,2369 0,2850 TRANSMANTARO 0,6761 0,6761 0,6761 SHAQSHA 0,0000 0,0896 0,1150 TOTAL ÁREA 0,7423 2,7666 3,8562 6ADINELSA 0,0000 0,0007 0,0012 CONELSUR 0,0144 0,0261 0,0273 STATKRAFT 0,0041 0,0041 0,0109 ENEL DISTRIBUCIÓN 0,3610 2,0871 2,8851 HIDRANDINA 0,0000 0,0023 0,0029RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0003 0,0633 0,0633 REP_AdicRAG 0,0005 0,0005 0,0005 TOTAL ÁREA 0,3803 2,1841 2,9912 7LUZ DEL SUR 1,1607 3,3174 4,0045 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0174 0,0285 0,0285 TRANSMANTARO 0,2181 0,2181 0,2181 TOTAL ÁREA 1,3962 3,5640 4,2511