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8 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VáSQUEz Presidente del Consejo de MinistrosJOSé LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2081757-9 Amplían período de vigencia del Grupo de Trabajo “Mesa Técnica de Diálogo de Alto Nivel en el distrito de Aquia, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2022-PCM Lima, 29 de junio de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 293-2021- PCM se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica de Diálogo de Alto Nivel en el distrito de Aquia, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash”, en adelante Grupo de Trabajo, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre la base de la Mesa Técnica de Diálogo entre la Comunidad Campesina de Aquia y la Compañía Minera Antamina; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto promover el desarrollo económico, social y ambiental del distrito de Aquia, por cuyo terreno transcurre el mineroducto de la Compañía Minera Antamina en 50 kilómetros y que incluye otras instalaciones; asegurar un adecuado proceso de diálogo con objetivos, acciones, cronogramas y resultados monitoreables en su cumplimiento, teniendo en cuenta los acuerdos aprobados que obran en el acta de instalación de la Mesa Técnica de Diálogo entre la Comunidad Campesina de Aquia y la Compañía Minera Antamina; y, hacer seguimiento a la aprobación de sus Lineamientos y al cumplimiento de los acuerdos planteados por la comunidad en las reuniones llevadas a cabo los días 01, 03, 05 y 08 de noviembre de 2021; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 293-2021-PCM, modificado por la Resolución Ministerial Nº 066-2022-PCM, señala que el Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 29 de junio de 2022; Que, en dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 293-2021-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 066-2022-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 27 de octubre de 2022, a efecto de concluir con el abordaje de los puntos de agenda para dar cumplimiento a los acuerdos asumidos por este órgano colegiado, los cuales están vinculados al desarrollo económico, social y ambiental del distrito de Aquia, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 293-2021-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 066-2022-PCM Modifícase el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 293-2021-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 066-2022-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Articulo 11.- Periodo de vigenciaEl Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 27 de octubre de 2022” Artículo 2.- PublicaciónDispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL TORRES VáSQUEz Presidente del Consejo de Ministros 2081754-1 CUL TURA Aprueban Bases de diversos concursos correspondientes a la tercera convocatoria del Plan Anual para el Fomento de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual para el año 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0000279-2022-DGIA/MC San Borja, 28 de junio del 2022 VISTO, el Informe Nº 000263-2022-DAFO/MC, de fecha 28 de junio de 2022, de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante el artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual, el Ministerio de Cultura se encuentra autorizado a otorgar estímulos económicos a personas naturales de nacionalidad peruana o personas jurídicas de derecho privado, debidamente constituidas en el país, que participan de la actividad cinematográfica y audiovisual; los estímulos se conceden con cargo a los recursos de su presupuesto anual institucional, asignando para ello un mínimo de seis mil unidades impositivas tributarias (6000 UIT), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiéndose disponer de hasta cinco por ciento (5%) de esta asignación para la administración del otorgamiento de estímulos; Que, el artículo 13 del Reglamento de Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual, aprobado