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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2022 (01/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2022 El Peruano / Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, de la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo Primero.- AMPLIAR, la vigencia de la primera cuota de vencimiento de los arbitrios municipales de la Ordenanza Nº 417-2021/MDCH rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 455-MML, publicada con fecha 29 diciembre 2021, Ordenanza que establece la Aplicación del IPC a los importes de los Arbitrios Municipales de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles para el ejercicio fi scal 2022; asimismo ampliar el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial, cuya vigencia deberá ser en el siguiente detalle: Impuesto Predial : 31 de marzo 2022 1er Trimestre Arbitrios Municipales : 31 de marzo 2022 Artículo Segundo.- AMPLIAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 424-2022/MDCH, de Bene fi cio por Pronto Pago e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en nuestro distrito frente al Covid – 19, sobre los Arbitrios Municipales 2022 a los contribuyentes que cumplan con el pago total anual de sus obligaciones tributarias (Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y derechos de emisión periodo 2022) hasta el 31 de marzo del 2022. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia. Artículo Cuarto.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la página Web Institucional http://www.munichorrillos.gob.pe. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 2043480-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 618/MDC, que establece beneficios extraordinarios para los contribuyentes que cumplan con la regularización de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago con la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2022-MDC Comas, 31 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO:El Informe Nº 03-2022-GAT-MDC, de fecha 31 de enero de 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº005-2022-SGRCT-GAT/MDC de fecha 28 de enero de 2022 de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario; el Informe Nº109-2022-GAJ-MDC, de fecha 07 de febrero de 2022 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Memorándum, Nº113-2022-GM/MDC, de fecha 08 de febrero de 2022, de la Gerencia Municipal sobre la prórroga de la “Ordenanza que otorga bene fi cios extraordinarios para los contribuyentes que cumplan con la regularización de sus obligaciones Tributarias y no Tributarias con la Municipalidad”, aprobado con Ordenanza Nº 618/MDC. CONSIDERANDO:Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante Decretos de Alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 618/MDC publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 1 de julio de 2021, se estableció bene fi cios extraordinarios para los contribuyentes que cumplan con la regularización de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago con la Municipalidad de Comas, prorrogado con Decreto de Alcaldía Nº 015-2021-AL/MDC, hasta el 31 de octubre de 2021, con Decreto de Alcaldía Nº 018-2021-AL/MC hasta el 31 de diciembre de 2021 y con Decreto de Alcaldía Nº 001-AL/MDC hasta el 31 de enero de 2022; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 618/MDC, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de las referidas ordenanzas, así como establecer la prórroga de las mismas; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, mediante informes de visto, proponen la prórroga de la vigencia Ordenanza Nº 618/MDC, hasta el 30 de abril de 2022, teniendo en cuenta que nuestro país aún se encuentra en recuperación económica, a causa de la pandemia COVID-19; por tal motivo, existe la necesidad de continuar brindando incentivos y facilidades a los contribuyentes para que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias, otorgándoles bene fi cios tributarios y no tributarios, el cual tiene la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través de Informe de Visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 618/MDC que establece bene fi cios extraordinarios para los contribuyentes que cumplan con la regularización de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago con la Municipalidad de Comas, hasta el 30 de abril de 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a la Secretaría General disponga su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la Sub Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe), y a la Sub Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde 2043227-1