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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2022 (01/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil -RENIEC, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que a través de la Ley N° 31365, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 que, entre otros, incluye el del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); Que la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, derogó la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, salvo la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de dicha Ley, las cuales mantienen su vigencia; Que en ese extremo, la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la Entidad, mediante la Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de las modi fi caciones al Presupuesto Analítico de Personal - PAP previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal; Que por su parte, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.4 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 044-2021, que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del sector público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra a cargo de la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP); así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación en la entidad; Que en esa línea, a través de la Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03JUL2021, se aprobó la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, la misma que en su artículo 16° establece que la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor a diez (10) días, una vez noti fi cada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humano, para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad o a quien éste delegue expresamente dicha función Que con Resolución Jefatural N° 000082-2021/ JNAC/RENIEC (30ABR2021), se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, correspondiente al Año Fiscal 2021; Que por su parte, con Resolución Jefatural Nº 000199- 2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021) se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que mediante los documentos del visto la Gerencia de Talento Humano propone la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal – PAP 2022, toda vez que los cargos presupuestados deben ser fi nanciados con el presupuesto correspondiente; Que con los documentos del vistos la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto en virtud de lo manifestado por la Sub Gerencia de Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la disposición presupuestal para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal -PAP 2022, precisando que se cuenta con el crédito presupuestario su fi ciente para ser atendido con cargo a los Recursos Presupuestarios del Pliego 033: RENIEC, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados; Que por último, a través del O fi cio N° 0619-2022- EF/53.06 (16FEB2022) la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión favorable en relación a la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal 2022 del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; Que en tal sentido, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través de los documentos del visto emite opinión favorable y concluye que es pertinente aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Año Fiscal 2022 del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC; Que asimismo es importante hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 86-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil –RENIEC, correspondiente al Año Fiscal 2022 conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo .- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Talento Humano, para los fi nes correspondientes. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2043335-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Sustituyen el primer párrafo de la Cuarta Disposición Final del Reglamento de los regímenes especiales y de la liquidación de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros, aprobado por Resolución SBS N° 0455-99 y sus modificatorias RESOLUCIÓN SBS Nº 00598-2022 Lima, 25 de febrero de 2022 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA Y SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS N° 0455-99 y sus modi fi catorias se aprobó el Reglamento de los regímenes