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75 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2022 El Peruano / SÁNCHEZ VILLANUEVA Sánchez Corrales Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 en el marco de la lucha contra el virus Sars-CoV-2 (COVID 19), publicada el 31 de octubre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Ídem 2. 4 Publicada el 30 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 5 Publicado el 4 de noviembre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano 6 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 7 Información recopilada de la Sala Situacional COVID - 19 del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, <https://www.dge.gob.pe/covid19.html>. 8 Considerandos 7 de la Resolución N° 047-2014-JNE, 5 de la Resolución N° 1070-2018-JNE, 12 de la Resolución N° 323-2019-JNE, 9 de la Resolución N° 050-2021-JNE, 2.8. de la Resolución N° 169-2021-JNE, 2.12. de la Resolución N° 178-2021-JNE, entre otros. 2043525-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sondor, provincia de Huancabamba, departamento de Piura RESOLUCIÓN N° 0095-2022-JNE Expediente N° JNE.2021092037 SONDOR - HUANCABAMBA - PIURA VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.VISTO: el O fi cio N° 023-2022-MDS-A, recibido el 24 de enero de 2022, presentado por don Félix Gustavo Guerrero Bermeo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sondor, provincia de Huancabamba, departamento de Piura (en adelante, señor alcalde), referente a la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia de don Francisco Herrera Bermeo, regidor de la mencionada entidad edil (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante los O fi cios N° 281-2021-MDS-A y N° 317-2021-MDS-A, presentados el 15 de octubre y 8 de noviembre de 2021, respectivamente, el señor alcalde solicitó la convocatoria de candidato no proclamado al haberse declarado la vacancia del señor regidor, por la causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. 1.2. Posteriormente, con la Resolución N.º 0933-2021- JNE, del 3 de diciembre de 2021, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió declarar nulo todo lo actuado a partir del acto de noti fi cación de la convocatoria a la Sesión Extraordinaria de Concejo N° 08-2021, del 14 de setiembre de 2021, dirigido al señor regidor; asimismo, requirió al Concejo Distrital de Sondor que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado con dicha resolución, cumpla con convocar a sesión extraordinaria para resolver el pedido de vacancia solicitado en contra de la autoridad cuestionada. 1.3. En mérito al requerimiento efectuado mediante la referida resolución, a través del o fi cio del visto, el señor alcalde solicitó nuevamente la convocatoria de candidato no proclamado al haberse declarado la vacancia del señor regidor, por la causa antes descrita; para lo cual remitió, entre otros, la documentación que a continuación se detalla: a) Comprobante de pago por trámite de convocatoria de candidato no proclamado. b) Informe Legal N° 56-2021-OAL-MDS, del 20 de agosto de 2021, que tiene como referencia el Informe N° 074-2021-MDS-OSGYRP-ABC, del 18 del mismo mes y año, el cual detalla las inasistencias del señor regidor a las sesiones de concejo. c) Informe N° 074-2021-MDS-OSGYRP-ABC. d) Cargo del documento denominado “Citación a sesión de concejo extraordinaria N° 011-2021-MDS-OSGRP-ABC”, mediante el cual se noti fi có al señor regidor la citación a la sesión de concejo extraordinaria programada para el 23 de diciembre de 2021 en la que se evaluó y resolvió su vacancia; así como el expediente administrativo que da inicio al procedimiento de vacancia. Dicho cargo deja constancia de que él mismo recibió la aludida citación, el 16 de diciembre de 2021, a las 10:00 a. m. e) Acta de Sesión del Concejo Municipal Extraordinaria N° 011-2021, en la que consta la aprobación de la vacancia del señor regidor. f) Acuerdo de Concejo Municipal N° 034-2021-MDS, del 23 de diciembre de 2021, que formalizó la decisión adoptada en la referida sesión extraordinaria. g) Cargo de noti fi cación de la Carta N° 003-2021-MDS- OSGYRP-ABC, mediante la cual se noti fi có al señor regidor el acuerdo en mención. Dicho cargo deja constancia de que él mismo recibió la aludida carta, el 23 de diciembre de 2021, a la 1:00 p. m. h) Resolución de Alcaldía N° 033-2022-MDS, del 20 de enero de 2022, que resolvió declarar consentido el precitado acuerdo de concejo. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 establece, como atribución del Jurado Nacional de Elecciones, la administración de justicia en materia electoral. 1.2. El numeral 5 del referido artículo determina que es competencia de este organismo electoral “Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]”. En la LOM1.3. El numeral 10 del artículo 9 indica lo siguiente: Artículo 9.- Atribuciones del Concejo Municipal Corresponde al concejo municipal:[…]10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor. […] 1.4. El artículo 22 señala lo siguiente: Artículo 22.- Vacancia del cargo de alcalde o regidor El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos: […]7. Inconcurrencia injusti fi cada a 3 (tres) sesiones ordinarias consecutivas o 6 (seis) no consecutivas durante 3 (tres) meses; […] 1.5. El artículo 23 menciona que: Artículo 23.- Procedimiento de declaración de vacancia del cargo de alcalde o regidor La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.