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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2022 (09/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único. Designar al señor MARCO TULIO ALOCEN BARRERA en el cargo de Director de la Dirección de Desarrollo Productivo de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2045961-1 Designan miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00084-2022-PRODUCE Lima, 7 de marzo de 2022VISTOS: El Informe N° 00000001-2022-PRODUCE/ CONAS del Consejo de Apelación de Sanciones, el Memorando N° 00000315-2022-PRODUCE/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos y el Informe N° 00000191-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 127 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria, establece, entre otros, que la designación de los miembros titulares de las áreas especializadas del Consejo de Apelación de Sanciones (CONAS) se efectúa mediante Resolución Ministerial; Que, mediante el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 236-2019-PRODUCE se designó al señor Alex Enrique Ulloa Ibáñez, como miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; Que, a través del Informe N° 00000001-2022-PRODUCE/ CONAS la Dirección General de CONAS propone dar por concluida la designación del señor Alex Enrique Ulloa Ibáñez como miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Pesquería del CONAS y designar a la señora Julia Francisca Orozco Flores, como miembro titular y Presidenta de la mencionada Área Especializada del CONAS; Que, mediante el Memorando N° 00000315-2022-PRODUCE/OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos informó que la persona propuesta cumple con los requisitos para ser designada como miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Pesquería del CONAS y señala que es viable continuar con el trámite correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; y la Resolución Ministerial N° 378-2021-PRODUCE, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por concluida la designación del señor Alex Enrique Ulloa Ibáñez como miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2. Designar a la señora Julia Francisca Orozco Flores, como miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Pesquería del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción. Artículo 3. Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2045937-1 Modifican R.M. 0460-2021-PRODUCE mediante la cual se delegaron facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00085-2022-PRODUCE Lima, 7 de marzo de 2022VISTOS: El Memorando Nº 00000238-2022- PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos Nos. 00000019 y 00000020-2022-PRODUCE/OPMI de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones – OPMI de la Dirección General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N°00000199-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias, establece en el último párrafo, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; y puede delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, para efectos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector es el Órgano Resolutivo y, conforme al acápite 5 del numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF (en adelante el Reglamento), y su modi fi catoria, le corresponde, entre otras funciones, autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas; función que puede ser objeto de delegación; Que, el numeral 32.4 del artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.011, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, señala que la aprobación del expediente técnico o documento equivalente se realiza de acuerdo a la normativa de organización interna de la entidad o estatuto de la empresa pública a cargo de la ejecución de la inversión;