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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2022 (09/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / aprobada mediante Resolución Directoral N° 217-2021- TP/DE, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, en adelante el Cronograma; Que, mediante Resolución Directoral N° 033-2022-TP/ DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-23, en atención a los Decretos Supremos N ros 176 y 182-2021-PCM, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan ochenta y nueve (89) actividades de intervención inmediata elegibles AII-23, en atención a los Decretos Supremos N ros 176 y 182- 2021-PCM, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de Tres Mil Novecientos Sesenta y Seis (3 966) empleos temporales; Que, mediante Informe N° 037-2022-TP/DE/UAPI- CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones remite la solicitud de Certi fi cación de Crédito Presupuestal con la fi nalidad de proseguir el trámite para la aprobación de la transferencia fi nanciera de ochenta y nueve (89) actividades de intervención inmediata declaradas elegibles en atención a los Decretos Supremos N ros 176 y 182-2021-PCM, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles); Que, con Informe N° 0733-2022-TP/DE/UPPSM- CFPP, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización informa sobre la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0723, por el monto de S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles), para fi nanciar el Aporte Total del Programa de las ochenta y nueve (89) actividades de intervención inmediata antes mencionadas; Que, el informe antes citado además señala que: “ (…) se cuenta con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario CCP N° 0723, emitida mediante Informe N° 0733-2022-TP/DE/UPPSM-CFPP, por el monto de S/ 8 739 235.00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), conforme a lo solicitado mediante Informe N° 037-2022-TP/DE/UAPI-CFATEP y registrado mediante Informe N° 026-2022-TP/DE/UA-CFC, en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en el numeral 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, a través del Informe N° 043-2022-TP/DE/ UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones informa que, en cumplimiento al Cronograma de Actividades aprobado por el Programa, se suscribieron ochenta y nueve (89) convenios respecto a la misma cantidad de actividades de intervención inmediata, los cuales han sido remitidos por las Unidades Zonales Amazonas, Cajamarca, Loreto y San Martín, siendo el Aporte Total del Programa el importe de S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles); adicionalmente, señala que ha veri fi cado el cumplimiento del Cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, solicita se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores con los cuales se han suscrito ochenta y nueve (89) convenios, por el importe total de S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata AII-23, en los departamentos de Amazonas (42), Cajamarca (26), Loreto (03) y San Martín (18), que podrían generar un estimado de Tres Mil Novecientos Sesenta y Seis (3 966) empleos temporales; Que, por su parte, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 0773-2022-TP/DE/UPPSM-CFPP, señala que, el fi nanciamiento de ochenta y nueve (89) actividades de Intervención Inmediata (AII-23), por el importe de S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles), contribuye al objetivo del Programa, a través de la generación de un estimado de Tres Mil Novecientos Sesenta y Seis (3 966) empleos temporales, contándose con los créditos presupuestarios su fi cientes, toda vez que dicho monto forma parte de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0723 aprobado por el importe de S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles), que garantiza el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada Unidad de asesoramiento considera procedente que se efectúe la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte Total del Programa de ochenta y nueve (89) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de Intervención 2- Por Emergencias o Desastres Naturales, en atención a los Decretos Supremos N ros 176 y 182-2021-PCM, cuyo importe total asciende a S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante Informe N° 105-2022-TP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0168- 2022-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0115-2022-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0159-2022-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de ochenta y nueve (89) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de intervención inmediata AII-23, por el importe total de S/ 8 739 235,00 (Ocho Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la