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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2022 (11/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 11 de marzo de 2022 El Peruano / Construcción y Saneamiento (MVCS), establecen que el citado Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, entre otros, en materia de construcción, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, se aprueba el Índice y la estructura del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aplicable a las habilitaciones urbanas y a las edi fi caciones que se ejecuten a nivel nacional; asimismo, por el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA se aprueban sesenta y seis (66) Normas Técnicas comprendidas en el referido Índice; Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 006-2014-VIVIENDA se dispone la incorporación de la Norma Técnica EM.110, Confort Térmico y Lumínico con E fi ciencia Energética, al numeral III.4 Instalaciones Eléctricas y Mecánicas, del Título III Edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; sin embargo, la citada norma técnica no fue incorporada en el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; Que, el MVCS, a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, plantea la modi fi cación de la denominación de la Norma Técnica EM.110, Confort Térmico y Lumínico con E fi ciencia Energética, a Norma Técnica EM.110, Envolvente Térmica, en razón a que su contenido comprende únicamente el diseño de la envolvente térmica en pisos, muros y techos que separan el interior de una edi fi cación con el terreno natural, el medio ambiente exterior u otra edi fi cación, excluyendo los elementos relacionados al confort térmico y lumínico; asimismo, se propone regularizar la incorporación de la citada norma, bajo su nueva denominación, en el Título III Edi fi caciones del Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA; Que, la propuesta de modi fi cación de la Norma Técnica EM.110, Envolvente Térmica, cuenta con la conformidad de la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (CPARNE), según Acta de la Octogésimo Segunda Sesión de la CPARNE del 20 de diciembre de 2021 e Informe Nº 001-2022-CPARNE del 26 de enero de 2022; Que, estando al sustento efectuado por el MVCS, corresponde modi fi car la denominación de la Norma Técnica EM.110, Confort Térmico y Lumínico con Efi ciencia Energética, aprobada por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 006-2014-VIVIENDA, a Norma Técnica EM.110, Envolvente Térmica; así como, incorporarla al numeral III.4 Instalaciones Eléctricas y Mecánicas, del Título III Edi fi caciones del Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; y, el Decreto Supremo Nº 006-2014-VIVIENDA; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación de la denominación de la Norma Técnica EM.110 del Reglamento Nacional de Edifi caciones Modi fi car la denominación de la Norma Técnica EM.110, Confort Térmico y Lumínico con E fi ciencia Energética del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, incorporada por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 006-2014-VIVIENDA, a Norma Técnica EM.110, Envolvente Térmica del Reglamento Nacional de Edi fi caciones.Artículo 2.- Incorporación de la Norma Técnica EM.110, Envolvente Térmica en el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones Incorporar la Norma Técnica EM.110, Envolvente Térmica, al numeral III.4 Instalaciones Eléctricas y Mecánicas, del Título III Edi fi caciones del Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, conforme al texto siguiente: “REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES (...) III EDIFICACIONES (...) III.4 INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y MECÁNICAS (...) EM.110 Envolvente Térmica.” Artículo 3.- Publicación y Difusión Publicar el presente Decreto Supremo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2047136-4 Designan Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 078-2022-VIVIENDA Lima, 10 de marzo de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Carlos Hermilio Calderón Nishida, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2047046-1