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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2022 (15/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2022 El Peruano / con base en el Informe N °00006-2022-SINEACE/P- GG-OPP-UM, mani fi esta que lo propuesto por la DEC cumple con los requisitos establecidos en la Directiva N° 0004-2020-SINEACE/P “Lineamientos para la Gestión de los Documentos de Gestión, Normativos, Orientadores y Operativos del Sineace”; Que, mediante Informe Legal N° 000030-2022-SINEACE/P-GG-OAJ del 16 de febrero de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece que, de la revisión del informe remitido, se veri fi ca que la propuesta incorpora ajustes con el fi n de facilitar el entendimiento de la normas por parte de los administrados y fortalecer el procedimiento de certi fi cación de competencias, además de ser concordante con los documentos normativos vigentes que regulan dicho procedimiento; asegurando la calidad, transparencia e imparcialidad en la ejecución de los procesos de certi fi cación de competencia; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Competencias, la Ofi cina de Tecnologías de Información y Comunicación y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 04-2019-JUS; la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; la Resolución Ministerial N° 449-2020-MINEDU; y la Resolución de Presidencia N° 000023-2021-SINEACE/CDAH-P, que aprobó la “Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización”. SE RESUELVE:Artículo 1. – Modi fi car el literal b) del subnumeral 7.1, el subnumeral 7.5.1 y los anexos N° 1 y N° 23 de la Guía Técnica de Evaluación y Certi fi cación de Competencias con los textos que se consignan en Anexo N° 1 que forma parte de la presente resolución. Artículo 2. – Incorporar el Procedimiento N° 5 en el subnumeral 7.6 así como los anexos N° 25 y N° 26 en la Guía Técnica de Evaluación y Certi fi cación de Competencias con los textos que se consignan en el Anexo N° 2 que forman parte de la presente resolución. Artículo 3. – Precisar que, para efectos de la Guía Técnica de Evaluación y Certi fi cación de Competencias, entiéndase al “Portafolio Digital de Evidencias (PDE)” y al “Portafolio de Evidencias Digital (PED)”, como la misma herramienta; y al “Comité del Concurso del Proceso de Certi fi cación de Competencias (CCPCC)” de manera diferenciada cuando se trate de un proceso de certi fi cación realizado por una entidad certi fi cadora autorizada adquiriendo la denominación de: “Comité del Proceso de Certi fi cación de Competencias (CPCC)”, mientras que, cuando se trate del proceso de certi fi cación de evaluadores realizado por el Sineace, se denominará “Comité del Concurso Certi fi cación de Competencias (CCCC)”. Artículo 4. – Aprobar la versión actualizada de la “Guía Técnica de Evaluación y Certi fi cación de Competencias” – (GT-DEC-02), considerando las modi fi caciones referidas en los artículos 1 y 2, cuyo texto consolidado se encuentra contenido en el Anexo N° 3 que forma parte de la presente resolución. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad Hoc 2048032-1INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de febrero de 2022 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0018-2022-INGEMMET/PE Lima, 11 de marzo de 2022VISTO, el informe Nº 0012-2022-INGEMMET/DCM, de fecha 11 de marzo de 2022, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de febrero de 2022. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, y con el visado de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de febrero de 2022, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. LUIS FELIX MERCADO PÉREZ Presidente Ejecutivo 2047832-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Disponen la publicación del proyecto de “Resolución de Consejo Directivo que aprueba la tipificación de infracciones administrativas y establece la escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales”, en el Portal Institucional del OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00006-2022-OEFA/CD Lima, 9 de marzo de 2022