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13 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / inicio a la operación de campo con el Empadronamiento Nacional de Establecimientos; sin embargo, debido a la declaratoria de emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional a consecuencia de la COVID-19 y a las medidas de prevención y control para evitar su propagación, se afectó la continuidad de su ejecución; Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 009-2022-INEI/DNCE de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, el V CENEC constituye el insumo más importante para elaborar los agregados macroeconómicos de la actividad empresarial, y permite determinar y actualizar las nuevas estructuras de ponderaciones de las actividades económicas del país a nivel nacional y departamental. Además, es la principal fuente de información para conocer y actualizar las características estructurales de las actividades económicas que se desarrollan en el país; así como, el número de empresas y establecimientos, ingresos por ventas, servicios, producción, valor agregado, margen comercial, personal ocupado, organización jurídica, principales productos e insumos utilizados, régimen de tenencia y activos fi jos, entre otros; Que, en ese sentido, considerando que es importante para el país conocer la nueva estructura productiva y económica de la actividad empresarial, resulta necesario establecer un nuevo período de ejecución del V CENEC y un nuevo periodo de referencia de la información de las actividades económicas, productivas, comerciales y de servicios; siendo necesario, modi fi car los artículos 1 y 4 del Decreto Supremo Nº 018-2020-PCM, que declara de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2020; Que, según lo señalado en el Anexo 5 “Distribución del gasto del presupuesto del sector público por pliegos del Gobierno Nacional a nivel de productos, proyectos y actividades” de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el INEI cuenta con presupuesto asignado para la implementación del V CENEC; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 1 y 4 del Decreto Supremo Nº 018-2020-PCM, que declara de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2020 Modi fi case los artículos 1 y 4 del Decreto Supremo Nº 018-2020-PCM, que declara de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2020, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 1.- Levantamiento del censo Declárese de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2022 .” “Artículo 4.- Periodo de referencia El periodo de referencia de la información para el V Censo Nacional Económico (V CENEC), corresponde al año 2021 .” Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modi fi cación del título del Decreto Supremo Nº 018-2020-PCM, que declara de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2020 Modifícase el título del Decreto Supremo Nº 018-2020- PCM, declaran de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2020 , por el siguiente texto: “Decreto Supremo que declara de interés nacional el levantamiento del V Censo Nacional Económico (V CENEC) en el año 2022” . Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2052830-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a los Emiratos Árabes Unidos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 098-2022-MINCETUR Lima, 28 de marzo de 2022Visto, el O fi cio N° 000120-2022-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Expo Dubái 2020 es una Exposición Internacional que se realiza en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, y constituye una importante vitrina comercial y turística para los países participantes, como consecuencia de la cobertura mediática a nivel internacional que generará este evento; Que, la participación de Perú en Expo Dubái 2020 es una importante plataforma de exposición internacional de la imagen país, que permitirá la promoción de los productos peruanos de exportación, abrir un portal para inversiones extranjeras, incrementar el fl ujo de turistas y consolidar el posicionamiento de la Marca Perú a nivel internacional; Que, el pabellón peruano es el segundo pabellón más grande de Latinoamérica y se encuentra ubicado en la zona de movilidad dedicado al turismo; es el primer pabellón país de la zona, una oportunidad única para contribuir con la reactivación económica de las veinticinco (25) regiones del Perú, a través de plataformas comerciales que permitirán promover y diversi fi car nuestras exportaciones, impulsar el turismo receptivo, ampliar la inversión extranjera y fortalecer el posicionamiento de la imagen país; Que, estando próximo el cierre de la Expo Dubái 2020 y la culminación de los contratos suscritos en el marco de la mencionada Feria, es necesaria la asistencia de representantes de PROMPERÚ a dicho evento, en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, del 31 de marzo al 4 de abril de 2022, con el objetivo de veri fi car el desarrollo, cumplimiento y situación actual de los contratos, además de consolidar toda la información técnica necesaria para la clasi fi cación y registro correspondiente de los bienes adquiridos de acuerdo a los contratos mencionados; asimismo, se asistirá a las actividades o fi ciales del cierre de la Expo 2020 Dubái, llevando a cabo reuniones de coordinación con los contratistas, la OCEX Dubái y los representantes de la Feria;