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27 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / denominación por la de Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1158, SUSALUD es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, asimismo, el artículo 18 de la precitada norma, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1289, establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de la Superintendencia Nacional de Salud, responsable de su dirección y del establecimiento de su política institucional, así como de la supervisión y evaluación del cumplimiento de las mismas, coordinando sus objetivos y estrategias con el Ministerio de Salud, y se encuentra conformado por seis (6) miembros, entre ellos, un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, designados mediante Resolución Suprema, refrendada por el/la Ministro/a de Salud, por un periodo de cuatro (4) años, pudiendo renovarse por un periodo adicional; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 002-2021- SA de fecha 2 de febrero de 2021, se designó a la señora Norma Karina Ivette Carpio Sotomayor como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, a través del documento del Visto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica la renuncia efectuada por la señora Norma Karina Ivette Carpio Sotomayor a la designación señalada en el considerando precedente; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de aceptar la citada renuncia; y De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1158, que dispone el fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora Norma Karina Ivette Carpio Sotomayor a la designación como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, efectuada mediante Resolución Suprema Nº 002-2021-SA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2052830-4 Declaran la vacancia del cargo de Vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2022-SA Lima, 28 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, encargado de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien las fi nancie, así como los que correspondan en su relación de consumo con las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, incluyendo aquellas previas y derivadas de dicha relación; Que, de conformidad con el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, es un órgano resolutivo, que forma parte de la estructura orgánica de la Superintendencia, con autonomía técnica y funcional, siendo competente para conocer y resolver en última instancia administrativa, los procedimientos y materias sometidas a su consideración; Que, el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1158, establece que los vocales de las Salas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud son elegidos por concurso público de méritos convocado y conducido por el Consejo Directivo de la referida Superintendencia Nacional, y designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Salud, por un periodo de tres (3) años; Que, de acuerdo con el numeral 8 del artículo 19 del Decreto Legislativo Nº 1158, modi fi cado por el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1289, que dicta disposiciones destinadas a optimizar el funcionamiento y los servicios de la Superintendencia Nacional de Salud, es función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud aceptar la renuncia de los vocales del Tribunal de la Superintendencia; Que, la renuncia aceptada constituye causal de vacancia del cargo de vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, de acuerdo con lo señalado en el numeral 3 del artículo 22 concordante con el artículo 29 del mencionado Decreto Legislativo, precisándose a su vez que el procedimiento para la declaración de la vacancia será reglamentado por la Superintendencia Nacional de Salud; Que, conforme al último párrafo del artículo 17 del Reglamento Interno del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 172-2015-SUSALUD/S, la remoción o vacancia es declarada por Resolución Suprema que se publica en el Diario O fi cial El Peruano, procediendo de inmediato a la convocatoria respectiva para cubrir la vacante; Que, mediante Resolución Suprema Nº 012-2015-SA, se designó al señor Enrique Antonio Varsi Rospigliosi, en el cargo de vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, atendiendo a la evaluación y califi cación efectuada en el concurso público de méritos realizado en virtud de lo señalado en el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1158; Que, con Resolución de Superintendencia Nº 069-2018-SUSALUD/S, se dispuso la renovación de las funciones del citado vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, por un periodo de tres (03) años; Que, mediante documento de fecha 15 de noviembre de 2021, el señor Enrique Antonio Varsi Rospigliosi presentó su renuncia irrevocable al cargo de vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, según el Acuerdo Nº 2 de la Sesión Ordinaria Nº 23-2021 del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud, de fecha 29 de diciembre de 2021, se aceptó la renuncia formulada por el señor Enrique Antonio Varsi Rospigliosi al cargo de vocal del Tribunal de la citada Superintendencia; Que, mediante Informe Nº 00030-2021/TRIBUNAL, el Presidente del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud ha solicitado y fundamentado la vacancia del cargo de vocal de dicho órgano colegiado, por la causal de