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15 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, del señor Ricardo Limo del Castillo, del 29 de marzo al 2 de abril de 2022, y de la señora Raquel Amasifuen Falcón, del 29 de marzo al 4 de abril de 2022, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones durante la culminación del evento mencionado, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellido sPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos día US$Nro. díasTotal Viáticos US$ Ricardo Limo del Castillo 2 678,85 Medio Oriente510,00 2 1 020,00 Raquel Amasifuen Falcón 2 634,11 510,00 4 2 040,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2052823-1 CUL TURA Aprueban el “Plan de recuperación de las industrias culturales y artes al 2030” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000086-2022-DM/MC San Borja, 28 de marzo del 2022VISTOS; el Proveído Nº 001944-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000064-2022-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando N° 000213-2022-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000364-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5 que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales; Que, de acuerdo al artículo 7 de la Ley N° 29565, el Ministerio de Cultura cumple con las funciones exclusivas, entre otras, de formular, proponer, ejecutar y establecer los planes, estrategias y acciones en materia de promoción cultural, y de establecer las instancias de carácter permanente y los mecanismos apropiados que aseguren el derecho de todo ciudadano a vigilar y participar en la gestión del Ministerio de Cultura, en especial el acceso a la información pública; Que, mediante el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modi fi catorias, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otros, aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y, que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural; Que, el Lineamiento 6.4 del Objetivo Prioritario 6 de la Política Nacional de Cultura al 2030, establece que el Ministerio de Cultura debe “Implementar mecanismos de articulación sectorial, intersectorial e intergubernamental, para el desarrollo de políticas culturales en todo el territorio nacional” ; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000190- 2021-DM/MC, se aprueba los “Lineamientos para la implementación del Plan de Recuperación de las Industrias Culturales y Artes, en el marco de la Política Nacional de Cultura al 2030”; Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que el Ministerio de Cultura en el marco de sus funciones formula, aprueba cuando corresponda, dirige, coordina, evalúa y supervisa la implementación de planes, estrategias, programas y proyectos de alcance nacional en el marco de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, asimismo, según el numeral 78.1 del artículo 78 del ROF del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene la función de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, mediante el Informe N° 000064-2022-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite la propuesta de “Plan de Recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”, que contiene como objetivo general “Reactivar y desarrollar las industrias culturales y artes tras el impacto del COVID-19, contribuyendo a resolver el problema público del “Limitado ejercicio de los derechos culturales de la población” que señala la Política Nacional de Cultura al 2030” ; Que, mediante el Memorando N° 000213-2022-OGPP/ MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000019-2022-OPL/MC de la O fi cina de Planeamiento, con el cual se emite opinión técnica favorable sobre el mencionado Plan; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el “Plan de Recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”;