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12 NORMAS LEGALES Viernes 6 de mayo de 2022 El Peruano / aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Manuel Reynaldo Joaquín Manrique Ugarte en el cargo de Miembro y Presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MODESTO MONTOYA ZAVALETA Ministro del Ambiente 2064642-14 CUL TURA Autorizan viaje de especialista en conservación de la Dirección de Recuperaciones a la República de Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000131-2022-DM/MC San Borja, 4 de mayo del 2022VISTOS; el Proveído N° 002794-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000079-2022-DGDP/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; el Memorando N° 000466-2022-OGA/MC de la Ofi cina General de Administración; el Informe N° 000523- 2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, mediante el OF.RE (DAC) N° 2-22-I/165 de fecha 22 de abril de 2022, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó al Director General de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, que las autoridades chilenas han propuesto que la especialista en conservación, señora Flor Natividad Espino Vegas, realice una visita entre el 9 y 13 de mayo de 2022, para la veri fi cación y repatriación de las “Charreteras del Coronel Francisco Bolognesi” y de los “Portalones de la Corbeta Unión”; Que, con el Informe N° 000079-2022-DGDP/MC, la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural sustenta el interés nacional de la participación de la señora Flor Natividad Espino Vegas, especialista en conservación de la Dirección de Recuperaciones, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 9 al 11 de mayo de 2022, a fi n de que pueda efectuar la verifi cación del estado de conservación y embalaje de cuatro bienes histórico-artísticos en proceso de entrega por el Museo Histórico Nacional de Chile, señalando que la veri fi cación del estado de conservación constituye una tarea muy importante ya que a través de la misma se constata el estado real en que los bienes serían entregados, para así prever afectaciones en su traslado y futuro resguardo en nuestra nación; Que, a través del Proveído N° 002794-2022-VMPCIC/ MC el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mani fi esta su conformidad con el viaje en comisión de servicios; Que, por la consideración expuesta, atendiendo a la temática de la comisión en mención y a los fi nes antes señalados, resulta de interés nacional autorizar el viaje de la señora Flor Natividad Espino Vegas, especialista en conservación de la Dirección de Recuperaciones de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que durante el presente año la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley N° 27619, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, de la O fi cina General de Administración y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora FLOR NATIVIDAD ESPINO VEGAS, especialista en conservación de la Dirección de Recuperaciones, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 9 al 11 de mayo de 2022; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos, (incluido TUUA): US$ 512.51 Viáticos (US$ 370.00 x 3 días) US$ 1,110.00 ------------------ TOTAL: US$ 1,622.51 Artículo 3.- Disponer que la servidora señalada en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2064297-1