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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2022 (06/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 6 de mayo de 2022 El Peruano / Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 021-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, se modi fi ca la Primera Disposición Complementaria Final de los “Lineamientos para la identi fi cación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 287-2018-MINAGRI-SERFOR-DE; y, además, se incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final a los citados Lineamientos referida a la actualización de la “Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”, en caso se establezcan o reconozcan áreas naturales protegidas de administración nacional, áreas de conservación regional y áreas de conservación privada, en áreas que se superpongan con ecosistemas frágiles previamente identi fi cados e incorporados en la mencionada Lista; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2020-MINAGRI-SERFOR-DE se aprueba la incorporación de dieciocho (18) ecosistemas a la “Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”, dentro de los cuales se encuentra el ecosistema frágil denominado “Codo del Pozuzo” con una extensión de 9,623.95 ha.; Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000032-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE se dispuso modi fi car el Anexo de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000004-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, que contiene la información de los dieciocho (18) ecosistemas incorporados en la “Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”, a fi n de incorporar información sobre el área correspondiente a cada uno de dichos ecosistemas; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2021-MINAM, el Ministerio del Ambiente establece el Área de Conservación Regional Codo del Pozuzo, sobre la super fi cie de 10 453.45 ha., ubicada en el distrito de Codo de Pozuzo, provincia de Puerto Inca, en el departamento de Huánuco; Que, a través del Informe Técnico N° D000099- 2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DIV, la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre hace un análisis del área superpuesta del ecosistema frágil denominado “Codo del Pozuzo” con el Área de Conservación Regional Codo del Pozuzo y con áreas degradadas por presión antrópica, determinando que el área residual del ecosistema frágil, corresponde a un 0.46% del área original, conformada por fragmentos no continuos de territorio, lo que no representaría un ecosistema funcional; por tanto, sugiere excluir dicho ecosistema de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles; Que, del mismo modo, a través del Informe Técnico N° D000107-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, la Dirección de Catastro Zoni fi cación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre concluye que la evaluación realizada por la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre es consistente y propone excluir el ecosistema Bosque Montano de Yunga Codo del Pozuzo de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles; Que, asimismo, de acuerdo con lo expuesto en el Informe Técnico N° D000081-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el establecimiento del Área de Conservación Regional Codo del Pozuzo, amerita la actualización de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles en vista que se superpone con el ecosistema frágil denominado “Codo del Pozuzo”, que se encuentra incluido en la mencionada Lista Sectorial, conforme lo establece la Tercera Disposición Complementaria Final de “Lineamientos para la identi fi cación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 287-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, modi fi cado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 021-2020-MINAGRI-SERFOR-DE; Que, en ese sentido, mediante Informe Legal N° D000159-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que, la propuesta de actualización de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles por exclusión del ecosistema frágil Codo del Pozuzo responde a lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos para la identi fi cación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 287-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, modi fi cada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000021-2020-MIDAGRI-SERFOR-DE; por lo cual, resulta legalmente viable que mediante acto resolutivo el Director Ejecutivo apruebe la exclusión señalada, en la medida que se trata del mismo rango normativo del dispositivo legal que aprobó la incorporación del referido ecosistema frágil, esto es, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000004-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, modi fi cado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000032-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE; Que, atención a las consideraciones expuestas y con el visado de la Directora General (e) de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General (e) de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, corresponde emitir el acto resolutivo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015 MINAGRI; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, modi fi cada por la Ley N° 29895; el Decreto Supremo N° 007-2020-MINAGRI, Protocolo de Actuación Interinstitucional para Gestionar y Proteger los ecosistemas incluidos en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y su modi fi catoria. SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la exclusión del ecosistema frágil denominado “Codo del Pozuzo” con una extensión de 9,623.95 ha., de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles, incorporado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, modi fi cado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000032-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así también, publíquese la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL ASENCIÓN PACHAS OCHOA Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2064534-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Conforman el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer y realizar un diagnóstico territorial participativo y acompañar la implementación de las mejoras establecidas en el informe final del Grupo de Trabajo creado por R.M. N° 119-2021-MIDIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 068-2022-MIDIS Lima, 5 de mayo de 2022VISTOS: El Informe N° D000163-2022-MIDIS-DGDAPS, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las