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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2022 (15/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Domingo 15 de mayo de 2022 El Peruano / N° 006-2017-TR, N° 004-2020-TR, y la Ley N° 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” (en adelante, el Programa “Trabaja Perú”) con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002- 2022-TR, Decreto Supremo que aprueba el cambio de denominación de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por el de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y modi fi ca el Decreto Supremo N° 004-2020-TR, modi fi ca la denominación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por la de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, en adelante el Programa; Que, el artículo 2 del precitado Decreto Supremo N° 002-2022-TR, establece que, toda referencia en normas, documentos de gestión, comunicaciones, entre otros, efectuadas al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, realizada al Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”; Que, los literales a), b), c) y d) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020-TR, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 002-2022-TR, norma que aprueba la reestructuración del Programa “Trabaja Perú”, establecen que son funciones generales del Programa: a) Promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, pobreza, pobreza extrema o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia a través del fi nanciamiento o cofi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social; b) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; c) Supervisar y monitorear la ejecución física, fi nanciera, y el bienestar del participante por proyecto de inversión y/o actividad de intervención inmediata intensiva en MONC, generadora de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, d) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, modi fi cado, entre otras, por la Resolución Ministerial N° 182-2020-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural; Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual establece como función general del Programa “Trabaja Perú”, la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); Que, el literal c) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2021- TP/DE, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa “Trabaja Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala, sobre la Modalidad de Intervención 2- Por emergencias o desastres naturales, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas por una emergencia o desastre natural, que no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC)”; Que, a través de la Resolución Directoral N° 011- 2022-TP/DE, y sus modi fi catorias, se aprueba la segunda versión actualizada de la “Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes”, conforme al Anexo N° 02 que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM, y su modi fi catoria, se declara en emergencia ambiental el área geográ fi ca que comprende la zona marina costera que se encuentra detallada en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de dicha Resolución Ministerial, por un plazo de noventa (90) días hábiles, por las razones expuestas en la parte considerativa de la citada norma; Que, con Resolución Directoral N° 056-2022-TP/DE, se aprueba la Directiva N° 002-2022-TP/DE, denominada “Directiva sobre el Procedimiento a seguir para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, bajo la Modalidad de Intervención 2–Por emergencias o desastres naturales, en el marco de la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM”, modi fi cada por Resolución Directoral N° 066-2022-LP/DE, en adelante la Directiva; Que, forma parte de la citada Directiva, el Anexo N° 03: “Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, bajo la modalidad de intervención 2–Por emergencia o desastres naturales, en el marco de la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM”, en adelante, el Cronograma, en el cual se establecen las respectivas actividades a desarrollar por parte de los organismos proponentes y el Programa, y sus plazos; Que, mediante Resolución Directoral N° 080-2022-LP/ DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-25, en el marco de la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan diez (10) actividades de intervención inmediata elegibles AII-25, en el marco de la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 1 034 630,00 (Un Millón Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 533 (Quinientos Treinta y Tres) empleos temporales; Que, mediante Informe N° 095-2022-LP/DE/UAPI- CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones remite la solicitud de Certi fi cación de Crédito Presupuestal con la fi nalidad de proseguir el trámite para la aprobación de la transferencia fi nanciera de diez (10) actividades de intervención inmediata declaradas elegibles AII-25, en el marco de la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 1 034 630,00 (Un Millón Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y 00/100 Soles); Que, con Informe N° 01353-2022-LP/DE/UPPSM- CFPP, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización informa sobre la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 1308, por