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21 NORMAS LEGALES Domingo 15 de mayo de 2022 El Peruano / INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de abril de 2022 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00037-2022-INGEMMET/PE Lima, 10 de mayo de 2022 VISTO, el informe N.º 0020-2022-INGEMMET/DCM, de fecha 10 de mayo de 2022, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de abril de 2022. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N.º 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo N.º 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N.º 014-92-EM, el artículo 38 del Decreto Supremo N.º 020-2020-EM, y con el visado de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de abril de 2022, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo N.º 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo N.º 020-2020-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.gob.pe/ingemmet). Regístrese y publíquese.LUIS FELIX MERCADO PÉREZ Presidente Ejecutivo 2066574-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban el Procedimiento Específico “Uso y control de precintos aduaneros y otras medidas de seguridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (Versión 4) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000084-2022/SUNAT APRUEBAN EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “USO Y CONTROL DE PRECINTOS ADUANEROS Y OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA CARGA” CONTROL-PE.00.08 (VERSIÓN 4) Lima, 11 de mayo de 2022CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia N° 000143- 2020/SUNAT se aprobó el procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3), que establece las pautas a seguir para el registro del proveedor, registro, uso y control de los precintos aduaneros e implementación de medidas de seguridad que garanticen la integridad de la carga transportada en contenedores cerrados y vehículos tipo furgón o cisterna cuya estructura y acondicionamiento permita su precintado; Que las medidas de seguridad y los precintos aduaneros son transversales a varios procesos aduaneros, por lo que resulta necesario que su regulación abarque las actuaciones que corresponden tanto a la Administración Aduanera como a los operadores de comercio exterior y los operadores intervinientes; Que, en consecuencia, como parte de la política institucional de mejora continua, es necesario aprobar una nueva versión del procedimiento especí fi co antes mencionado; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modi fi catorias y el inciso k) del artículo 8 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia N° 065-2021/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación del procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras medidas de seguridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 4) Aprobar el procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras medidas de seguridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 4), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. Derogación del procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3) Derogar el procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Uso de precintos aduaneros registrados Los precintos aduaneros registrados en el portal del operador de comercio exterior con anterioridad a la vigencia de la presente resolución sin contar con el código QR en el precinto pueden utilizarse hasta el 31.12.2022. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “USO Y CONTROL DE PRECINTOS ADUANEROS Y OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA CARGA” CONTROL-PE.00.08 (VERSIÓN 4) I. OBJETIVO Establecer las pautas para el registro del proveedor de precinto y para la adquisición, registro, suministro,