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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2022 (21/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 21 de mayo de 2022 El Peruano / Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” en adelante la Directiva, que establece entre otros, lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP Provisional, en cuyo literal b del numeral 5.1 de fi ne al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE). Que, en el numeral 6.2.1 de la Directiva, se establecen los supuestos para elaborar el CAP Provisional; asimismo, en el numeral 6.3 de la misma se indica que la entidad debe remitir la propuesta de CAP Provisional a la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), conteniendo la información detallada en el numeral 5.4.4 de la Directiva, para opinión técnica favorable. Que, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, con Memorando Nº443-2022-GRHB-GG-PJ remite el Informe Nº 154-2022-SPPB-GRHB-GG-PJ, en el cual presenta y sustenta la propuesta de tres (03) Cuadros para Asignación de Personal Provisional correspondientes a la Corte Superior de Justicia de Cusco, Junín y Lima Norte; en el que se considera la incorporación de 27 posiciones en el marco de la implementación de los Órganos Jurisdiccionales del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, aplicando el supuesto 2 de la Directiva, esto es, por excepción contenida en la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2022, en el caso del Poder Judicial, solo corresponde los cargos de magistrados de acuerdo al literal b) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº31365, debiéndose consignar en la situación de “Previsto”, de acuerdo a lo establecido en la Directiva; así como también se ha efectuado la eliminación de 10 posiciones aplicando el supuesto 1 de la Directiva, en atención a la implementación de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control, y a la Resolución de Contraloría Nº 079-2021-CG, que dispone la incorporación, con efectividad al 31 de marzo de 2021, entre otros, del Órgano de Control Institucional del Poder Judicial a la Contraloría General de la República. Que, mediante el Informe Nº 00051-2022-SR-GP-GG y Memorando Nº 255-2022-GP-GG-PJ, la Subgerencia de Racionalización y la Gerencia de Plani fi cación; respectivamente, emiten opinión técnica favorable respecto a la propuesta de tres (03) Cuadros para Asignación de personal Provisional correspondientes a las Cortes Superiores de Justicia Cusco, Junín y Lima Norte presentada por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, manifestando que han sido elaborados de acuerdo a lo que indica la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH, asimismo, recomienda, remitir el mencionado Informe al ente rector SERVIR, como parte de los documentos sustentatorios y continúe con el trámite correspondiente. Que, con O fi cio Nº 000207-2022-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico Nº 000043-2022-SERVIR-GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual se emite opinión técnica favorable a las propuestas de CAP Provisional presentadas correspondiente a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Junín y Lima Norte, en el que se mani fi esta que las referidas propuestas se han elaborado sobre la base de las estructuras orgánicas aprobadas en sus Reglamentos de Organización y Funciones y sus modi fi catorias, considerando los cargos estructurales establecidos en el Clasi fi cador de Cargos aprobados mediante Resolución Administrativa Nº 236-2019-CE-PJ y sus modi fi catorias, guardando coherencia en la clasi fi cación y codi fi cación. Que, el numeral 6.3.1.8 de la Directiva establece que, de darse la opinión favorable de SERVIR, dicha aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante o fi cio de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, para que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario O fi cial El Peruano, efectuándose la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), en el caso del Poder Judicial, mediante Resolución del (la) Titular del Pliego. Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar los tres (03) Cuadros para Asignación de Personal Provisional, de acuerdo a la propuesta efectuada por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, a través de resolución expedida por la Titular del Pliego. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modi fi cado por la Ley Nº 27465, y contando con los vistos de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, la Gerencia de Plani fi cación, la Subgerencia de Racionalización y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Junín y Lima Norte, conforme los tres (03) Anexos (Formatos 1, 2 y 3) que forman parte integrante de la presente Resolución Administrativa. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en la página web del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta del Poder Judicial 2069443-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran Válida Acta Electoral N° 106070- 82-A correspondiente a las elecciones internas de la organización política Frente Popular Agrícola Fía del Perú - FREPAP, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 RESOLUCIÓN N° 0520-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000079 LA LIBERTAD- SANCHEZ CARRION - HUAMACHUCOELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, dieciocho de mayo de dos mil veintidós.VISTA: el Acta Electoral Nº 106070-82-A, observada y remitida por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Frente Popular Agrícola Fía del Perú - FREPAP, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y 965835012 CONSIDERANDO QUE:PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú asignan al Jurado Nacional